El gobierno de Alfredo Cornejo dispuso un aumento acumulado del 11,3% en los honorarios de determinados contratados del Estado provincial, que se aplicará en dos etapas: un 6% desde septiembre y otro 5% a partir de diciembre.
La actualización se aplicará en dos etapas durante lo que resta de 2026. El decreto establece requisitos y excepciones para acceder al incremento.
El gobierno de Alfredo Cornejo dispuso un aumento acumulado del 11,3% en los honorarios de determinados contratados del Estado provincial, que se aplicará en dos etapas: un 6% desde septiembre y otro 5% a partir de diciembre.
La medida comprende principalmente contratos de locación de obras o servicios y otras modalidades que no están incluidas en los acuerdos paritarios de los empleados públicos.
La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1904, firmado el 9 de septiembre por el mandatario provincial y publicado este jueves 18 en el Boletín Oficial. También lleva las firmas de los ministros Natalio Mema (Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial) y de Víctor Fayad (Hacienda y Finanzas).
La actualización no consiste en una suba directa del 11%, ya que los dos porcentajes son acumulativos. El decreto determina un 6% desde septiembre y un 5% desde diciembre, pero establece que cada incremento debe calcularse sobre los honorarios correspondientes al mes anterior.
El decreto comprende a los contratos de locación de obras o servicios, a quienes perciban honorarios determinados mediante Horas Módulo Deportivo y a otras formas de contratación contempladas por la Provincia.
Para acceder al incremento, el contrato deberá contar con al menos 60 días de vigencia. Además, la norma establece condiciones según el origen de los recursos utilizados para financiarlo.
Quedan comprendidos aquellos financiados con Rentas Generales (Financiamiento 000) o con Recursos Afectados. Para estos últimos, la aplicación del incremento dependerá de que la recaudación efectiva de esos recursos permita afrontar el mayor gasto.
La norma excluye específicamente a los casos financiados mediante el Financiamiento 18 - Aranceles por Servicio de Salud. En tanto, para las denominadas Entidades de Carácter 5, cualquiera sea su financiamiento, la actualización también estará sujeta a la disponibilidad derivada de la recaudación de sus recursos.
En los fundamentos de la medida, el Ejecutivo provincial explicó que los acuerdos alcanzados en las paritarias con los gremios estatales no incluyen estas modalidades de contratación. Por las características de ese vínculo con el Estado, sus actualizaciones tampoco se determinan dentro de esas negociaciones salariales.
Frente a esa situación, el Gobierno consideró necesario establecer una actualización específica desde septiembre. Según consta en el decreto, para definirla se tuvo en cuenta la situación macroeconómica y las posibilidades financieras y presupuestarias de la Provincia.