El Senado aprobó modificaciones a la ley de glaciares que invitan a una reflexión, porque se inscribe en la profunda división de la sociedad argentina, esa que convierte cualquier intento de diálogo en una conversación con una banda de mariachis. Conflictos y armonías en la historia argentina es una obra del historiador Félix Luna, título que mejor describe la tensión que nos atraviesa e impide avanzar, por el predominio del conflicto constante.
La dicotomía parte de los extremos, que se plantean desde criterios de autoridad totalizadores. En el rincón azul, están los que sostienen que con estos cambios terminaríamos entregando nuestros recursos acuíferos. En el rincón colorado, los que propician la explotación de los recursos mineros como condición para el desarrollo. Así presentada, como un match de box, es un diálogo imposible.
La ley de glaciares vigente prácticamente prohíbe la minería en zonas de la cordillera, recurriendo a un concepto difícil de determinar científicamente como es el de “ambiente periglaciar”. El tecnicismo permitió imponer una prohibición absoluta, aunque disfrazada, porque a diferencia de los glaciares, el ambiente periglaciar no tiene límites físicos evidentes y es de definición ambigua. De ahí las quejas del sector minero, que poco han contribuido, por su especial descuido en explicar el cuidado ambiental que la ley requiere para su actividad, poniendo más el énfasis en el beneficio económico.
Estamos ante uno de los más claros ejemplos de que los extremos no conducen a nada. La ley detuvo la actividad porque poco sentido tiene invertir cifras siderales para explorar y ni qué hablar poner en producción una mina, si se puede prohibir en cualquier momento la actividad en base a un criterio tan flexible, definido por la autoridad de turno. Para muchos, ahora estaríamos yendo conceptualmente al otro extremo; el riesgo es el tan mentado péndulo que hemos visto moverse una y otra vez en la historia argentina, por el predomino del conflicto incesante.
¿Hay salida? Claro que la hay. El derecho al desarrollo no es incompatible con el medio ambiente. Se trata de aplicar dos ideas fuerza: la primera es el control por parte del Estado; la segunda es la responsabilidad, con la sanción a quien incumpla. La modificación legal propuesta recurre a un concepto con largo arraigo en nuestra tradición constitucional, que es el federalismo de concertación, porque les vuelve a reconocer a las provincias, que son las titulares de los recursos mineros, todas las facultades de poder de policía, que significan una altísima responsabilidad, para lo que deberán estar a la altura de las circunstancias.
La preservación de nuestros recursos acuíferos debe estar fuera de discusión. Cualquier explotación minera ha de ser llevada adelante con tal nivel de control que no puede ser siquiera un riesgo. Eso exige autoridades provinciales atentas y técnicamente solventes para cumplir con el mandato. También exige sanciones y de las más graves, incluyendo judiciales, cuando no sea el caso. Es todo el sistema institucional provincial funcionando y funcionando bien, con calidad técnica y libre de sospechas.
Una gran oportunidad para que la armonía prime sobre el conflicto. Tal vez sea una utopía, aunque cuesta abandonar el optimismo con las oportunidades que el mundo nos presenta una y otra vez: necesita seguridad energética y seguridad alimentaria. Justo lo que nos sobra. Con astucia, que significa pasar de ser una zona de sustitución de importaciones a una plataforma de valor agregado exportable, tenemos todo por delante. Argentinos, a las cosas.
* El autor es abogado. Fue procurador del Tesoro de la Nación.