26 de agosto de 2026 - 15:50

Retiran del mercado un collar GPS para perros: superaba seis veces el límite legal de "potencia radiada"

La Agencia Nacional de Frecuencias de Francia detectó que el localizador transmite a 3.206 milivatios en lugar de los 500 máximos permitidos por la ley.

La Agencia Nacional de Frecuencias de Francia ordenó la retirada urgente del mercado y la recuperación del collar localizador para perros ESEEK GPS HOUND TRACKER GD03. El organismo estatal constató que el dispositivo supera ampliamente los límites de potencia autorizados y transmite con frecuencias radioeléctricas no permitidas.

La resolución oficial, publicada el 20 de agosto de 2026, afecta directamente al modelo fabricado por la firma Shenzhen Yixie Electronics Co. Ltd. Tras someterlo a análisis, las autoridades francesas detectaron “varios incumplimientos”, afectando principalmente a las condiciones de uso de las frecuencias radioeléctricas del collar.

El peligro de interferencias y la ausencia de riesgo sanitario para los animales

El informe de las autoridades francesas aclaró minuciosamente que la infracción se centra en un exceso de la "potencia radiada" y no en una “radiación peligrosa para el perro o las personas”. Esto significa que el defecto del collar implica un riesgo técnico de interferencia con otros sistemas de comunicación, descartando un peligro directo para la salud de las mascotas o sus cuidadores.

Durante los ensayos, el equipo analizado alcanzó una potencia de 3.206,27 milivatios, superando más de seis veces el límite de 500 milivatios establecido para esa banda de uso común. El aparato registró un ciclo de trabajo del 4,16%, lo que representa transmitir cuatro veces más del tiempo máximo admitido por la Comisión Europea y el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias en España.

El collar no puede venderse en España y podría generar multas millonarias

Las pruebas oficiales también arrojaron emisiones parásitas no deseadas fuera de la frecuencia de origen, con un valor de -18,9 decibelios en los 508,375 megahercios. De acuerdo con la Directiva RED europea, el transmisor debe evitar estas señales imprevistas para no perjudicar a otros usuarios legítimos del espectro. Por este motivo, el organismo decretó que el producto no debió introducirse en el mercado.

En España, la utilización de este collar encendido expone a los cazadores a importantes multas contempladas en la Ley General de Telecomunicaciones. Aunque la administración gradúa la cuantía de la sanción según el daño e interferencias reales provocadas en la red, el límite máximo legal aplicable asciende a los dos millones de euros, por lo que se recomienda contactar de inmediato con el establecimiento de venta.

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