16 de enero de 2016 - 00:00

Maduro decretó la emergencia económica durante sesenta días

La medida lo habilita a asignar presupuestos especiales, dispensar trámites cambiarios y acciones para el abastecimiento de alimentos.

El gobierno de Venezuela decretó el Estado de Emergencia Económica en todo el país por un lapso de 60 días en los que apuntará a construir políticas estratégicas para reformular el sistema financiero y productivo del país, según adelantó el presidente del Área Económica, Luis Salas.

La emergencia le permitirá al al presidente Nicolás Maduro  asignar presupuestos especiales, dispensar trámites cambiarios y ejecutar acciones indispensables para el abastecimiento y fortalecer el aparato productivo nacional.

En los considerandos del decreto 2.184, publicado en la Gaceta Oficial, se explica que la medida se puso en marcha debido a un malestar social producido por sectores desestabilizadores, en coordinación de factores externos e internos.

"Amenazas"

La medida, según dijo Salas en una conferencia de prensa en el Palacio Miraflores, se adopta "para proteger al pueblo en función de las amenazas existentes", para lo que le concede al Ejecutivo "atribución para adoptar las medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural que atraviesa la economía venezolana".

Esa atribución se le concede al Gobierno para "asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos y el libre acceso a bienes y servicios fundamentales", afirmó el funcionario chavista.

Con esta herramienta, agregó Salas, se intentan "mitigar los efectos de la inflación inducida, de la especulación, del valor ficticio de la divisa, del sabotaje a los sistemas de distribución de bienes y servicios así como contrarrestar las consecuencias de la guerra de los precios petroleros".

El Gobierno podrá "disponer de los recursos provenientes de las economías presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015" para sufragar la inversión que "asegure la continuidad de las misiones sociales, el abastecimiento de alimentos y otros recursos esenciales para la vida".

Asimismo, el Ejecutivo podrá asignar recursos extraordinarios, tanto previstos como no, "para optimizar la atención en sectores como salud, educación, alimento y vivienda, que podrán ser ejecutados a través de las misiones".

También estará facultado para "diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión y la reducción fiscal" o "dispensar de la modalidad del régimen de contrataciones públicas en determinados sectores a fin de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia".

Así como podrá "disponer de los trámites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancías" e implementar "medidas especiales para agilizar el transito de mercancías por puertos y aeropuertos, pudiendo desaplicar temporalmente normas legales que se requieran para hacer posible dicha agilización".

El decreto también confiere al Gobierno la capacidad de "dispensar de los trámites cambiarios" a "órganos y entes del sector público o privado para agilizar y garantizar la importación de bienes o insumos indispensables para el abastecimiento, la reactivación productiva o el aumento de la capacidad tecnológica".

A la vez que el Gobierno podrá "adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso de la población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad, así como a todos los servicios para el disfrute pleno de sus derechos".

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