20 de marzo de 2020 - 10:23

Exceptúan del aislamiento a los trabajadores agropecuarios y de la cadena alimenticia

Remarcan que “la circulación deberá limitarse a los fines específicos contemplados”.

Las cadenas agropecuarias y de la alimentación quedaron exceptuadas del aislamiento que rige en la Argentina desde las 0 hs de este viernes hasta el 31 de este mes inclusive. El Presidente de la Nación, Alberto Fernández, lo adelantó cuando hizo el anuncio audiovisual desde la Quinta de Olivos, en el anochecer de este jueves, cuando se refirió a "los que trabajan en la producción de alimentos".

 

Y luego quedó establecido formalmente en el decreto de necesidad y urgencia 297/2020, puntualmente en el artículo 6, donde se detalla quiénes quedan exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular.

Se contempló así a diversas personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, En el item 12 del listado se incluye a las "Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios".

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Y en el punto siguiente, el 13, se suma a esa condición a "las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

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