Más de 10 mil mendocinos no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo

Quienes tengan salarios brutos de hasta $ 880 mil han quedado exentos del pago del impuesto sobre la primera mitad del sueldo anual complementario.

El ministro de Economía, Sergio Massa, detalló que esta exención es un beneficio extraordinario, por única vez, para los trabajadores que pagan Ganancias. (Imagen ilustrativa / Web)
El ministro de Economía, Sergio Massa, detalló que esta exención es un beneficio extraordinario, por única vez, para los trabajadores que pagan Ganancias. (Imagen ilustrativa / Web)

Aunque aún resta un poco más de tres semanas para la fecha en que se cobra el aguinaldo, el ministro de Economía, Sergio Massa, hizo un anuncio que implicará un alivio para quienes pagan Ganancias: los salarios brutos de hasta $ 880 mil quedarán exentos del impuesto sobre la primera cuota del sueldo anual complementario. La medida beneficiará a más de 10.000 mendocinos.

El proyecto de decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del pago impuesto a las Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, lo que equivale a los $ 880 mil brutos.

Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica.

La medida beneficia a 513 mil trabajadores y trabajadoras de todo el país, que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el tributo están alcanzados por el beneficio.

La medida anunciada por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $ 110 mil ($ 112.600) y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.

En el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.

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