Ganancias: a partir de qué piso se empezará a pagar si aprueban el proyecto del Gobierno

La iniciativa que el Ejecutivo envió al Congreso prevé una baja del nivel de ingresos para empezar a tributar. Se estima que un millón y medio de personas comenzarían a pagar.

El Gobierno nacional envió un proyecto al Congreso que implicaría que 1,5 millones de personas vuelvan a pagar Ganancias.
El Gobierno nacional envió un proyecto al Congreso que implicaría que 1,5 millones de personas vuelvan a pagar Ganancias.

De aprobarse el proyecto que el Ejecutivo nacional envió al Congreso, para establecer nuevos parámetros para el pago de Ganancias, un millón y medio de trabajadores, que hoy están exentos, comenzarían a estar incluidos en el impuestos. Es que el salario a partir del cual se empezaría a tributar sería de más de $ 1.141.066 netos mensuales en el caso de los solteros sin hijos y más $ 1.509.465 de bolsillo, los casados con el cónyuge a cargo con 2 hijos.

Se trata de cálculos que realizó Fernando López Chiesa, del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, y que publicó Clarín. El tributarista aclaró que todos los pagos que reciban los trabajadores -como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros) y otros- quedan incluidos en el cálculo del impuesto. En el caso de los autónomos, el mínimo no imponible es más bajo: $ 885.310 para el soltero sin hijos y $ 1.253.709 para el casado con 2 hijos.

Entre las modificaciones que establece el proyecto está que el mínimo no imponible y las escalas del impuesto se actualizarán cada tres meses por inflación, en enero, abril, julio y octubre. También se elimina el piso salarial impulsado por Sergio Massa desde 2021 y vigente en $ 2.340.000 brutos (15 Salarios Mínimos, Vital y Móvil- SMVM) y se vuelve al esquema anterior, con lo que 1,5 millón de trabajadores, hoy exentos, volverían a pagar alícuotas que van del 5 al 35%.

Otro cambio es la incorporación, como parte de la base imponible, de todos los pagos recibidos por los trabajadores en relación de dependencia. No se aplicarán para el cálculo del impuesto exenciones o reducciones establecidas por otras normativas, con la única excepción de la ley 26.176 aplicable a trabajadores petroleros.

“Los distintos conceptos que bajo la denominación de beneficios (sociales o de cualquier otra naturaleza) y/o vales de combustibles o por cualquier otro concepto, extensión o autorización de uso de tarjetas de compra y/o crédito, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares, sean otorgados por el empleador o a través de terceros a favor de sus dependientes o empleados, se encuentran alcanzados por este impuesto, aun cuando no revistan carácter remuneratorio a los fines de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o regímenes provinciales o municipales análogos”, especifica el artículo 98 del proyecto.

El ministro de Economía, Luis Caputo, en una entrevista con TN. Foto: Captura de video
El ministro de Economía, Luis Caputo, en una entrevista con TN. Foto: Captura de video

Se eliminan exenciones y deducciones

Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, comentó a Clarín que el proyecto oficial deja sin efecto, entre otras, las siguientes exenciones y deducciones:

  • Bono por productividad, fallo de caja o conceptos similares (hasta 40% del Mínimo no Imponible)
  • Suplementos particulares para el personal militar
  • Sueldo Anual Complementario (aguinaldo)
  • Remuneraciones en concepto de guardias para el personal de salud
  • Cualquier tipo de exención o desgravación, que se establezca por ley, excepto para los trabajadores petroleros - personal de pozo - (Ley 26176)
  • Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas.
  • Tratamiento diferencial para las horas extras gravadas.

En cambio, se contemplan otras deducciones, como un porcentaje con tope de la base imponible del impuesto, como intereses hipotecarios, seguro de vida, medicina prepagas, gastos médicos, personal de casas particulares, entre otros.

A modo de ejemplo, según Lopez Chiesa, un trabajador soltero sin hijos, con un sueldo bruto de $ 1.800.000 - hoy exento de Ganancias- le retendrán $ 79.047 mensuales. Y con un sueldo bruto de $ 2.340.000 (también hoy exento de Ganancias), pagará $ 242,857. Y al casado con 2 hijos le retendrán $ 12.769 y $ 134.817 mensuales, respectivamente. según su nivel de ingresos.

El proyecto ratifica el alivio fiscal que aplicó Sergio Massa entre septiembre y diciembre 2023.

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