Cómo pedir la devolución del 35% o 45% de Ganancias por las compras en dólares

Quienes no tributan el impuesto pueden solicitar el reintegro con un trámite que se puede realizar desde la web de AFIP. Este es el paso a paso.

Cómo pedir la devolución del 35% o 45% de Ganancias por las compras en dólares
AFIP empieza a devolver el adelanto de Ganancias por las compras en dólares a quienes no están alcanzados por el tributo. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

Los primeros días del 2023, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de tramitar la devolución del 35% -que se aplicó hasta setiembre- o 45% -que se comenzó a cobrar a partir de octubre- de las compras o pagos de servicios realizados en dólares. Esto, para aquellos contribuyentes, ya sea trabajadores o jubilados, alcanzados por Ganancias. Ahora, también está la posibilidad de solicitar el reintegro por parte de quienes no tributan este impuesto.

Se debe recordar que a quienes compran dólar ahorro (con el límite de U$S 200 por mes), pagan con la tarjeta servicios prestados por empresas extranjeras -como Netflix o Spotify- o realizan compras en el exterior, se les suma, al valor del dólar oficial, el 30% del impuesto PAIS y el 35% en concepto de adelanto del impuesto a las Ganancias (o 45% a partir de octubre. Si bien el 30% del impuesto PAÍS no se devuelve, la percepción del 35% o 45% es reintegrada por AFIP.

Se podrá solicitar el reintegro a través de la página de la AFIP.
Se podrá solicitar el reintegro a través de la página de la AFIP.

Paso a paso para pedir la devolución

Los monotributistas, empleados en relación de dependencia y jubilados y pensionados que NO pagan el impuesto a las Ganancias pueden solicitar la devolución de la siguiente manera:

  1. Para empezar con el trámite primero se debe contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 2 o superior. Una vez que se tiene todo, ingresar con esos datos a la AFIP
  2. Lo siguiente será informar a la AFIP el CBU donde se acreditarán los fondos. Esto se hace desde el servicio “Declaración de CBU”
  3. Y ahora sí, ya estamos en condiciones de empezar la solicitud de devolución. Esto se hace desde el servicio “Devolución de percepciones” que se ubica en la pantalla principal. Si no lo tienen, deberán agregarlo haciendo click en la pestaña “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. En la pantalla que aparece deberán seleccionar “Adherir servicio”. Y luego click en el logo de la AFIP. Cuando hagan click les aparecerán dos opciones. Allí tienen que hacer click en “Servicios Interactivos”. Se les va a desplegar un listado. Tienen que buscar “Devolución de percepciones” y hacer click. Una vez hecho esto vuelvan a la pantalla principal y actualicen la página con F5 para que aparezca el servicio.
  4. Al ingresar al servicio “Devolución de Percepciones”, deben especificar el período fiscal indicando mes y año. Cuando ingresen, van a poder ver que ya están precargadas las percepciones que les practicaron en 2021 y fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP con su CUIT.
  5. Si necesitan cargar otras percepciones que les hayan cobrado y no se encuentren en ese listado, lo pueden hacer manualmente. Tengan en cuenta que van a necesitar los comprobantes de las mismas ya que probablemente la AFIP los solicite. Para la carga manual deben presionar en el botón “Agregar Percepción” y luego aceptar.
  6. En el paso siguiente deben completar todos los datos que les solicitan y para guardar click en “Guardar”
  7. Cuando ya aparezcan todas las percepciones (precargadas y las que cargaron manualmente), deben hacer click en “Presentar”

¡Y listo! Eso sería todo. A partir de ese momento la AFIP analizará la información presentada y procederá a aceptar o rechazar la solicitud. Tengan en mente que si la solicitud es rechazada, el organismo debe informar los motivos.

* Esta guía fue elaborada por los contadores Johanna Bianco y Andrés Sita para la web Promos Aéreas.

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