Tarifa de la luz: empresas pidieron 100% de aumento y el EPRE aconsejó 57% con revisiones cada 3 meses

Finalizó la audiencia pública y desde el Ente Regulador Eléctrico aconsejaron al gobierno un incremento en la tarifa del 57% y que las modificaciones se realicen trimestralmente. En Casa de Gobierno estudian aplicar el reajuste pero en forma escalonada.

La luz aumentaría un 57% en promedio en Mendoza.
La luz aumentaría un 57% en promedio en Mendoza.

Frente al pedido de un 100% de aumento por parte de las empresas, el EPRE aconsejó un incremento del 57% promedio en la tarifa eléctrica y en el gobierno analizan aplicarlo pero de forma escalonado. Además los reajustes tarifarios pasarían a ser cada 3 meses.

Se realizó una nueva audiencia pública en la que se evaluaron los costos en la prestación del servicio eléctrico en la provincia y entre los principales puntos que se debatieron estuvieron el aumento de la tarifa y los plazos de actualización.

Al unísono, las 11 distribuidoras que brindan el servicio eléctrico en todo Mendoza solicitaron un reajuste que rondó el 100% y también hicieron foco en los plazos que hasta ahora están establecidos para efectuar la adecuación del Valor Agregado de Distribución (VAD) que se viene efectuando cada 6 meses.

Frente a este marco, que implica la sustentabilidad de las prestadoras del servicio y también del aspecto social y la capacidad de pago de los usuarios, desde el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) aconsejaron al gobernador Suárez una adecuación tarifaria promedio del 57%.

De esta manera, de acuerdo al consumo del usuario y la categoría tarifaria en que está comprendido, el impacto del incremento será en promedio de:

  • Usuarios residenciales: 63%
  • Usuarios generales (pequeños comercios): 60%
  • Usuarios grandes demandas: 56%
  • Usuarios de riego agrícola: 34%
  • Usuarios con categoría tarifaria Peaje: 66%

Según fuentes consultadas, la propuesta que ya fue elevada a Casa de Gobierno está en estudio y en principio analizan implementarla pero aplicándola de forma escalonada, para aminorar el impacto.

Actualización cada 3 meses

Otro de los aspectos que se trató en la audiencia pública fue la modificación del procedimiento de adecuación del VAD, que actualmente tiene revisiones cada 6 meses.

De acuerdo a la instrucción efectuada por la Secretaría de Servicios Públicos y tomando también conceptos que fueron expresados reiteradamente en anteriores audiencias públicas, por usuarios y las distribuidoras por igual, se propuso que el reajuste en el componente (VAD) se realice cada 3 meses.

De aprobarse la propuesta, “las revisiones serían en febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año”, indicaron desde el organismo.

El objetivo que se persigue es que la tarifa acompañe la variación en los costos que se acrecientan mes a mes debido a la inflación y en paralelo, que el impacto de los aumentos que se apliquen sean menos bruscos para el conjunto de usuarios.

Además, en caso de llevarse a cabo la modificación, también “se encontraría en consonancia con los precios estacionales que establece cada tres meses la Secretaría de Energía de la Nación, que son aquellos que se aplican en el componente de la tarifa -costo de abastecimiento- que es de jurisdicción nacional”, informaron.

Las empresas deberán reintegrar el total a los usuarios

El reintegro de parte de las distribuidoras por las obras eléctricas que realizan los usuarios, también fue parte del temario que se abordó en la audiencia pública.

En el artículo 10 del Reglamento de Suministro de Energía se establece que las obras de conexión de nuevos suministros eléctricos o ampliaciones de potencia en las que una parte de la construcción la asumen los usuarios, las distribuidoras de energía deben reintegrar el monto de lo invertido por la gente.

Actualmente, y desde el inicio de la concesión, las distribuidoras están obligadas a devolver en la facturación de la energía ese aporte que hicieron los usuarios, sin embargo el reintegro se efectúa por el plazo de dos años.

Una vez transcurrido ese plazo, se da por finalizado el periodo de reintegro, por más que no se haya cancelado el total del importe que invirtieron los usuarios.

La modificación que se propuso al artículo 10 del Reglamento de Suministros, es que la devolución que debe hacer la distribuidora sea total, sin límites de tiempo y con importes actualizados sobre el saldo.

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