La derogación de la Ley de Alquileres dejó a miles de inquilinos y propietarios en un escenario incierto. Sin reglas claras que regulen los contratos, resurge el interés por otras herramientas legales vigentes. Entre ellas, la usucapión aparece como una alternativa posible aunque no exenta de requisitos estrictos y procesos judiciales.
Este derecho, contemplado en el Código Civil argentino, permite adquirir una propiedad por el solo hecho de habitarla durante varios años de manera continua y sin oposición. En determinados casos, un inquilino que deje de pagar el alquiler y se comporte como dueño podría, con el paso del tiempo, reclamar la titularidad del inmueble.
Alquiler en Mendoza
El vínculo contractual impide a los inquilinos reclamar la usucapión mientras esté vigente.
Derogación de la Ley de Alquileres: qué implica y cómo entra en juego la usucapión
Con la eliminación de la Ley de Alquileres, los especialistas señalan que siguen vigentes otras normativas que afectan a inquilinos y propietarios. Entre ellas, el derecho de usucapión toma relevancia por sus posibles consecuencias. Según los expositores, “todavía se mantienen otras normativas vigentes que rigen sobre el mercado inmobiliario” lo cual abre la puerta a otros mecanismos legales.
Una de las figuras destacadas es la usucapión, que “le permitirá a los inquilinos dejar de pagar el alquiler de una vivienda si transcurren una cantidad de años dentro de la locación”. Este proceso puede darse de dos maneras:
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La demanda judicial es clave para iniciar el proceso y obtener el título de propiedad.
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Sin embargo, el derecho no es automático. Los especialistas aclaran que “los inquilinos no pueden solicitar la usucapión mientras dure el contrato de alquiler porque la posesión no es en concepto de dueño”. Esto significa que solo puede iniciar el reclamo quien haya roto el vínculo formal con el propietario y asumido el rol de ocupante sin reconocimiento de la propiedad ajena.
¿Qué debe hacer un inquilino para iniciar un juicio de usucapión?
El primer paso para iniciar una usucapión es dejar de comportarse como inquilino. Esto significa dejar de pagar el alquiler, no reconocer más al propietario, realizar mejoras sustanciales en la vivienda y comenzar a pagar impuestos y servicios a nombre propio. Este cambio debe mantenerse en el tiempo sin interrupciones ni reclamos por parte del dueño original.
Luego, la persona interesada debe presentar una demanda judicial. No alcanza con haber ocupado la propiedad durante años. El juez exigirá pruebas claras como testigos, comprobantes de pago de impuestos, mejoras en la vivienda y constancia de que no hubo reclamos durante el período legal. En la usucapión larga se requieren 20 años de posesión. En la usucapión corta, 10 años con justo título y buena fe.
En un contexto donde los contratos de alquiler se vuelven más informales y la relación entre inquilinos y propietarios se vuelve tensa, esta herramienta legal puede convertirse en una salida posible. Sin embargo, la usucapión no es un camino sencillo. Exige tiempo, constancia y respaldo judicial para que finalmente se reconozca el derecho a la propiedad.