La Constitución Nacional tiene su día y su promesa de lealtad

La sanción de la ley 27.505/19 instituye la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional el primer día hábil siguiente al 1 de mayo de cada año, para los estudiantes de tercer año de la escuela secundarias.

Hace ciento setenta y dos (172) años se sancionó en Santa Fe, un 1 de mayo de 1853, la Constitución Nacional que nos rige como norma suprema de la República. En palabras de Alberdi “… carta de navegación …” que debe guiar “… en todas las borrascas, en todos los malos tiempos, en todos los trances difíciles (…) un camino seguro para llegar a puerto de salvación, con sólo volver sus ojos a la Constitución y seguir el camino que ella le traza, para formar el gobierno y para reglar su marcha”.

Este texto fundamental recién obtuvo su día de celebración un siglo después de su sanción. El Congreso nacional a través de la ley 25.863/04 declaró al 1 de mayo como el día de la Constitución Nacional y dispuso que a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, en coincidencia con las autoridades educativas de las distintas provincias y en el ámbito del Consejo Federal de Cultura y Educación, se acuerde la inclusión de jornadas alusivas al día instituido en los respectivos calendarios escolares y académicos de los niveles medio y superior. Ello así buscando se reflexione sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de la Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos.

Esta importante medida se complementa años más tarde, con la sanción de la ley 27.505/19 que instituye la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional el primer día hábil siguiente al 1 de mayo de cada año, para los estudiantes de tercer año de la escuela secundarias de todos los establecimientos educativos de gestión pública y privada en un acto académico con presencia de la Bandera Nacional. Tal acto además debe que ser complementado por una instancia previa de aprendizaje, reflexión y evaluación en materia constitucional, lo que supone un presupuesto fundamental para concientizar y educar en la importancia fundante de la Carta Magna. Por su parte, el Consejo Federal de Educación por Resolución no. 420/22 incorporó dicha ceremonia al calendario escolar. La fórmula a utilizarse en cada acto exige esa previa etapa de capacitación en los contenidos constitucionales centrales (desde derechos y garantías, hasta valores republicanos, democráticos y federales), puesto que los estudiantes serán interrogados «¿Prometen respetar y hacer respetar los derechos, deberes y garantías que la Constitución Nacional establece, hacer todo lo que esté a su alcance para cumplir y hacer cumplir sus preceptos y disposiciones, y respetar la autoridad de las Instituciones que de ella emanan?».

Como antecedente cabe destacar que varias instituciones (como la Asociación Argentina de Derecho Constitucional junto a la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura (FECIC) y la Fundación Americana para la Educación (FUNDAEDU) con la adhesión del Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos, entre otros), propiciaron la realización de la ceremonia de Promesa de Lealtad desde el año 2012, con fundamento en la necesaria difusión, enseñanza y compromiso con los derechos fundamentales y principios democráticos de la Constitución Nacional. A partir de tal iniciativa, se fueron materializando estas Promesas en varias provincias como en Santa Fe, Catamarca, Misiones, La Pampa, Río Negro, Córdoba, Corrientes, Chaco, CABA, alguna de las cuales también sancionaron sus normas legales instituyendo obligatoriamente dicha ceremonia.

En el caso de Mendoza, en la Legislatura se vienen debatiendo propuestas en este sentido sin resultados alentadores, varios proyectos y una media sanción de la Cámara de Diputados que adhiere a la ley 27.505, dan cuenta de un tibio interés. Faltaría además que se debata y apruebe como complemento local la Promesa de Lealtad a la Constitución provincial. De esta forma sería propicio que se pusieran en valor las actuaciones de los convencionales constituyentes por Mendoza y su incidencia en el texto nacional de 1853 y así recordar a Martín Zapata quien precisó cómo debían ser los poderes dentro de la Constitución, diciendo que ella debíacrear una autoridad fuerte y vigilante”, pero que al mismo tiempo debía estar “prudentemente dividida entre poderes de límites fijos”, ya que de esa manera se hacía “imposible su abuso” y permitiría “garantir a sus ciudadanos en el goce de sus derechos”. Ello sin olvidarse de los mentores de la Constitución provincial vigente como Julián Barraquero y su defensa de la democracia representativa anclada al municipio, verdadero baluarte y escuela de la vida publica.

En definitiva, se trata de cumplir con una ceremonia escolar que lleva a comprometer a la juventud con la importancia estructural del texto constitucional nacional, pero valorizando la impronta de Mendoza, desde la conciencia cuyana que “el meridiano de lo nacional también pasa por estas tierras y el engrandecimiento de la patria necesita de su aporte”, según enseñaba Dardo Pérez Guilhou.

* La autora es abogada constitucionalista.

LAS MAS LEIDAS