9 de septiembre de 2026 - 22:12

Un ADN confirmó el intercambio de dos recién nacidas en Córdoba: la Justicia fijó millonarias indemnizaciones.

Una madre se realizó un estudio de ADN junto a su hija y descubrió que no era su descendiente biológica. El caso derivó en una demanda y en una resolución judicial contra el Estado cordobés.

La Justicia de Córdoba estableció que el Estado provincial deberá pagar indemnizaciones millonarias a dos familias luego de que se comprobara que sus hijas recién nacidas habían sido intercambiadas en un hospital de la provincia en 1977.

El caso salió a la luz cuando una de las madres decidió realizarse un examen de ADN junto a su hija. El resultado determinó que la joven no era su descendiente biológica. A partir de ese descubrimiento, además del impacto emocional provocado por la situación, se inició una demanda judicial.

El juez en lo Civil y Comercial de 35ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Mariano Díaz Villasuso, estableció una indemnización de entre 25 y 30 millones de pesos para cada familia, además de los intereses correspondientes.

El magistrado explicó el fundamento de la responsabilidad atribuida a la maternidad en este tipo de situaciones.

“La principal obligación de una maternidad es brindar la diligencia necesaria y suficiente para que el parto se lleve a cabo en condiciones de seguridad y, luego, que los bebés sean entregados a sus respectivas familias”, señaló Díaz Villasuso.

El intercambio de las recién nacidas

Las dos niñas habían nacido el mismo día y en el mismo centro de salud. Sin embargo, fueron entregadas a familias que no eran las correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el caso, el intercambio se produjo por un error o una presunta negligencia del personal que intervino en el establecimiento de salud.

La situación permaneció sin ser detectada hasta que una de las madres se sometió al estudio de ADN junto a quien creía que era su hija. El resultado permitió comprobar que no existía un vínculo biológico entre ambas y dio origen al reclamo judicial.

La resolución determinó así una compensación económica para las dos familias por las consecuencias derivadas del intercambio ocurrido al momento del nacimiento.

LAS MAS LEIDAS