Perros peligrosos: polémica por una ley que lleva 14 años sin aplicarse

Se incluye a canes de algunas razas o de determinadas características. Sus propietarios deben registrar al animal y contratar un seguro de responsabilidad civil, entre otras obligaciones.

Animales de mandíbula fuerte o de estructura musculosa entran en la tipología de la normativa aprobada en 2007. Foto: Mariana Villa / Los Andes
Animales de mandíbula fuerte o de estructura musculosa entran en la tipología de la normativa aprobada en 2007. Foto: Mariana Villa / Los Andes

En el 2007 se aprobó la ley 7633 que establece el régimen jurídico para la tenencia de animales peligrosos en la provincia. Ya pasaron catorce años, esta normativa nunca fue reglamentada y no tiene aplicación efectiva.

En su primer artículo expresa que se considera :“canes o perros peligrosos, los que pertenecieran total (puros) o parcialmente (cruza) a razas que por su potencia de mandíbula, musculatura, talla y temperamento genéticamente agresivo, pudieran causar la muerte o lesiones graves a las personas o a otros animales y daños a las cosas”. Dispone que anualmente el Poder Ejecutivo determine por reglamentación las razas incluidas, y enumera a modo de ejemplo un listado de las razas contempladas: Mastín Napolitano, Doberman, Pitbull, Bull Terrier, Dogo Argentino, Rottweiler, Presa Canario, Akita Inu y Gran Perro Japonés.

Se establece también que quienes adquieren perros con esas características tienen la obligación de identificar y registrar al animal y contar con un seguro de responsabilidad civil. Además, se deben registrar los establecimientos de cría comercialización o adiestramiento de estos animales. La aplicación y control del cumplimiento de la ley se establecía a nivel municipal.

Se explicó que cualquier perro que esté mal educado puede generar problemas.
Se explicó que cualquier perro que esté mal educado puede generar problemas.

Una situación similar existía en Ciudad de Buenos Aires, que recientemente tras diez años finalmente reglamentó la ley local y estableció procedimientos para el empadronamiento y la posesión de 17 razas de perros que fueron declaradas como potencialmente peligrosas (se suman 12 razas en relación a la legislación mendocina no actualizada): Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Fila Brasileño, Tosa Inu, Bullmastiff, Dogo de Burdeos, Bull Terrier, Ovejero Alemán y Cane Corso. Contempla además perros nacidos de cruzas entre esas razas u otras que den como resultado animales de más de 20 kilos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado.

Al igual que la ley de Mendoza, exige un seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos de los daños o lesiones que pueda causar la mascota. Y se plantea la realización de un curso de capacitación sobre tenencia responsable.

A partir de la noticia se retomó un viejo debate en la materia respecto de la consideración de “peligrosos” que recae sobre los animales. “Un golden o un labrador criado dentro de un clima hostil o con carencias puede tener las mismas características de peligrosidad que cualquier perro que figura en ese listado o un perro de dos kilos con problemas de sociabilización también puede llegar a herir de manera grave. Pero si lo hace un dogo o un pitbull eso genera impacto mediático, mientras que si lo hace un schnauzer mini o un caniche pasa inadvertido o hasta causa gracia”, así opinó Javier Boracchia, especialista en comportamiento animal, en diario Clarín. Además, avanzó sobre uno de los tópicos más polémicos y dijo que " son medidas para la opinión pública porque no se va al origen de la cuestión, que es si la persona está capacitada o no de tener un perro”.

Andrés Rómoli, veterinario, comentó a Los Andes: “en otros países, para poder tener un perro de ciertas razas, mal llamadas peligrosas, hay que pasar primero un test psicológico para determinar si se está apto para tenerlo”, en las legislaciones nacionales no se hace referencia a este requisito. “Me gustaría que haya un control de comportamiento del propietario, que sepa manejar a su mascota. Creo que de esa manera se evitarían muchísimos accidentes domésticos y en la vía pública”, agregó.

“No aceptamos la palabra peligroso en los animales. Pueden tener características físicas como mandíbulas grandes, mucha musculatura, mucha fuerza, pero de ahí a ser peligroso ya es un contenido que se le pone al animal. No existen los perros peligrosos, existen las personas peligrosas”, sentenció el abogado especializado en derecho animal, Oscar Mellado.

“A partir de los estereotipos, se piensa que los únicos que son agresivos o malos son ciertas razas. Cualquier perro, de cualquier raza que esté mal educado y mal sociabilizado es en potencia un perro que puede llegar a tener problemas de socialización en su etapa adulta”, dijo el veterinario consultado. En la experiencia en el consultorio, comenta que en cachorros de 90 días independientemente de la raza se puede notar la personalidad del perro. “Se hace una prueba de sumisión, según como responda, le tengo que explicar al dueño que van a tener que trabajar sobre el comportamiento del perro. Eso implica no generar un desorden jerárquico, es decir que el perro no puede acostumbrarse a comer cuando quiera o a dormir donde quiera. Además, hay que tomarse el tiempo de educarlo a través de comandos cortos, mostrarle cuáles son los límites. Otro de los factores necesarios es la socialización de los perros tras completar el esquema de vacunación, así adquiere los límites necesarios a partir de la acción de otros perros”, explicó

“Está comprobado que los perros que muerden son aquellos que tienen incorporados los conceptos de propiedad y territorialidad”, se refirió Mellado haciendo alusión a que muchos perros con ciertas características son comprados o adoptados para que brinden seguridad. “Estoy en contra de los criaderos y de las razas creadas”, agregó.

Contar con un registro sería el primer paso. El segundo debería ser que se coloque microchips a algunos perros para poder identificar en el caso de que cometan alguna agresión contra otras mascotas o personas. A su vez el registro controlaría la compra y venta de esas mascotas en la provincia. En el caso de tener un pitbull por ejemplo que se va a destinar a la reproducción, debería ser dado de alta en el registro asentando”, dijo Rómoli. Hoy la colocación de microchips es a voluntad de los dueños de los animales. A futuro piensa que se podría generar una página web por parte del gobierno provincial a modo de banco de información pública donde estén cargados dichos datos.

Uno de los mayores problemas que se generan es que muchas veces luego de ser comprados de cachorros, estos animales crecen y pueden mostrar algún signo de agresión a los propietarios y estos deciden abandonarlos en lugares alejados de la ciudad como el piedemonte.

La colocación del microchip ronda entre los $3000 y $4000. Lo puede realizar cualquier veterinario, no es un acto quirúrgico, no lleva anestesia, es rápido y es seguro.

Código de faltas: sanciones para los propietarios

Mellado, férreo defensor de los animales, recordó el triste hecho ocurrido en Rivadavia en febrero de este año cuando una bebé de un año falleció tras ser mordida por la mascota de la familia, una perra dogo argentino. El abogado habló de un accidente. Comentó que el animal permaneció “preso” en un predio de Zoonosis. “No quedaba otra que matarla. Un grupo de personas logró la tenencia del animal. Hoy está en otra provincia, se la adiestró. El adiestrador la adoptó”, contó Mellado. El Código de Faltas en su artículo 64 contempla sanciones “a quien tuviere un can o animal que potencialmente ofreciere peligro de ataque a las personas por su instinto o dificultad de domesticación, sin haber adoptado prudentes medidas de prevención, tales como: instalaciones seguras y resistentes que impidan su huida o la posibilidad de sacar hocicos o garras. Uso del bozal en lugares públicos o espacios privados comunes, uso de la correa o cadena de menos de dos (2) metros no extensible, licencia administrativa y su inscripción en los registros municipales”. Se podrá proceder al secuestro del animal para ser puesto a disposición de las autoridades correspondientes, y cuando éstos fueren salvajes los pondrá a disposición del Departamento de Fauna dependiente de Recursos Naturales Renovables.

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