La posibilidad de agendar una cita para tramitar la ciudadanía italiana en Mendoza se abre este 1 de agosto a las 13. Sin embargo, para ese momento es necesario tener todos los papeles en regla.
La posibilidad de agendar una cita para tramitar la ciudadanía italiana en Mendoza se abre este 1 de agosto a las 13. Sin embargo, para ese momento es necesario tener todos los papeles en regla.
Desde el Consulado de Italia insisten en que a la hora de solicitar el turno, el interesado debería contar con la documentación completa. ¿Qué es lo que hay que tener en cuenta? En esta nota el detalle de los trámites fundamentales.
Lo más importante es que si ya tiene algún familiar (directo o de segundo grado) que haya iniciado y concluido exitosamente el trámite en el Consulado de Italia en Mendoza, el aspirante deberá contar con nombre/s y apellido/s completo, fecha y lugar de nacimiento del avo italiano, y nombre/s y apellido/s completo, fecha y lugar de nacimiento del familiar ya reconocido ciudadano italiano.
Sin embargo, el Consulado se reserva el derecho de solicitar al interesado la documentación faltante en caso de que parte o la totalidad de la documentación no se encontrara en los archivos físicos y/o digitales o no fuera visible al momento de la solicitud, o en caso de que la documentación deba ser actualizada.

Una vez presentado el trámite, el Consulado de Italia en Mendoza tiene 730 días para finalizarlo.
Para presentar la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana en el Consulado con sede en Mendoza, hay que tener en cuenta las siguientes etapas:
Para el reconocimiento de la ciudadanía italiana “jure sanguinis” por descendencia se necesita la siguiente documentación
A. Del ascendiente nacido en Italia:
Si el certificado de la CNE Argentina posee firma autógrafa no es necesaria la Apostilla de la Haya. Si en cambio, la firma es digital sí deberá ser apostillado.
En este aspecto, el Consulado aclara que si el ascendiente italiano se hubiera naturalizado argentino antes del nacimiento de su hijo/a, no será posible el reconocimiento de la ciudadanía para los descendientes.
En cambio, si la naturalización fue posterior al nacimiento del hijo/a, se deberá presentar copia fiel de la sentencia completa de naturalización (debe ser solicitada al Juzgado Federal que concedió la ciudadanía argentina) donde conste la fecha de enrolamiento, de otorgamiento de carta de ciudadanía y de juramento. Tal sentencia deberá presentarse apostillada y traducida al italiano.
Por otro lado, si el ascendiente italiano hubiera vivido en otro país (en caso de contar con actas de matrimonio, defunción, nacimiento de hijo/s que así lo certificaran) se deberá presentar el certificado equivalente a la CNE de el/los respectivos países, apostillado y traducido.
B. De cada uno de los descendientes en línea recta:
C. Del solicitante:
Pero además, si quien presenta la solicitud de reconocimiento tuviera hijos menores, deberá presentar:
D. En caso de divorcio (sólo del directo interesado):
E. En caso de adopción:
Desde el Consulado de Italia en Mendoza, aclaran que en la sentencia (o en una declaración separada) deberá ser especificado que la sentencia de adopción ha quedado firme (vale decir que reviste carácter de “firme”, o “consentida”; “ejecutoriada” o de “cosa juzgada”).
Y recuerdan que todas las actas deben ser expedidas en copia fiel por parte de las respectivas Oficinas de los Registros de Estado Civil y traducidas al italiano.

En caso de presentar actas digitales del Registro Civil de Mendoza, estas últimas ya no deberán contar con Apostilla de la Haya, gracias al reciente Convenio firmado con el Gobierno de Mendoza que permite la verificación de documentos digitales por 6 (seis) meses. Pasado ese lapso temporal, el acta deberá ser solicitada nuevamente, o apostillada para evitar su caducidad.
Lo mismo aplica para las actas que cuenten con sistema de verificación GEDO.
Si las actas son extranjeras, antes de a ser traducidas, deberán ser legalizadas con Apostilla, si el país es miembro de la Convención de La Haya o equivalente en caso de no formar parte de la misma. Además, la traducción deberá realizarse en el país de origen y contar con la conformidad de traducción del Consulado Italiano de dicha circunscripción o con Apostilla de la Haya (sólo países miembros) también sobre la traducción.
Los turnos se solicitan por la página web del Consulado, seleccionando la opción Mi Prenota. Sin embargo, previamente hay que registrarse. En el calendario, los turnos disponibles se visualizarán en color verde o anaranjado.
El Consulado de Italia en Mendoza aclara que cada cita/turno corresponde a una persona mayor de edad y hace hincapié en que el turno es individual, personal e intransferible. “Cada persona mayor de edad deberá contar con su propio turno para poder ingresar al Consulado. Caso contrario no será permitido el ingreso. La tolerancia máxima es de 15 minutos”, detallan.
El día del turno, el solicitante mayor de 18 años deberá adjuntar el comprobante de la transferencia bancaria de la tasa correspondiente impreso en papel. Actualmente y hasta el 30 de septiembre de 2024, el costo es de 300 euros; es decir 285.000 pesos argentinos. Hay que estar atentos porque se debe abonar arancel vigente a la fecha del turno.
El pago se efectúa solamente mediante transferencia bancaria (Banco Patagonia Número de CBU 0340300400300301413023 Número de CUIT 30699609788) y debe realizarse tres días antes de la fecha del turno (para verificar la acreditación), y se debe indicar como referencia/motivo: apellido y nombre del titular del turno.
Asimismo, el Consulado pidió no realizar transferencias sin contar con un turno, ya que no se realizarán devoluciones de ningún tipo.
Finalmente, cuando llega el día del turno, hay que asistir al Consulado de Italia en Mendoza, ubicado en Necochea al 700 de la capital mendocina, con la siguiente documentación:
Finalmente, desde el Consulado recuerdan que: el pago del arancel corresponde a la solicitud no al efectivo reconocimiento del derecho a la ciudadanía italiana. Ya que la simple presentación de la documentación no implica el derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana.
Sólo después de que el Consulado haya examinado todos los documentos y corroborado la ausencia de causas obstativas para la adquisición de la ciudadanía, se podrá dictaminar el reconocimiento o no de la misma.