La propuesta oficial busca modificar el Código Procesal de Familia y Violencia Familiar (Ley 9.120) y articular con el Sistema Provincial de Acogimiento Familiar Temporario (Ley 9.383). El objetivo central es destrabar los obstáculos normativos actuales y brindar respuestas procesales para los casos de vinculación más complejos.
La realidad en los hogares estatales
En total, las residencias alternativas del Estado albergan hoy a 726 niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, solo un grupo cuenta con sentencia firme de adoptabilidad. Los datos aportados por las autoridades revelan que en el área viven 264 chicos que esperan por una familia y en condiciones de ser adoptados.
- 93 presentan algún tipo de discapacidad,
- 88 tienen entre 5 y 11 años,
- 83 son adolescentes de entre 12 y 17 años,
- 103 integran grupos de hermanos
A esta situación se suma la urgencia de dar respuesta a más de 120 convocatorias públicas vigentes que permanecen abiertas y sin respuestas favorables desde 2024.
“Desde el Ministerio de Educación, Cultura e Infancias, consideramos fundamental hacer un cambio en el Código Procesal de Familia, y por eso presentamos este proyecto de ley”, señaló Verónica Álvarez Ocampos, subsecretaria de Infancias, Adolescencias y Juventudes.
Registro para adoptar en mínimos
A la par de la necesidad de los menores, las autoridades advierten una disminución sostenida en la inscripción de postulantes en el Registro Provincial de Adopción (RPA), dependiente del Poder Judicial.
El panorama del registro muestra un desfasaje preocupante: existen 80 legajos evaluados, pero 72 de ellos suspendieron su disponibilidad adoptiva. En la actualidad, quedan únicamente 8 personas o familias disponibles con legajos evaluados para adoptar en toda la provincia.
Proyecto de Ley: buscan agilizar procesos y permitir que familias de acogimiento accedan a la adopción.
Imagen generada con IA
La subsecretaria Álvarez Ocampos explicó la brecha entre la demanda y las expectativas de los adultos: “Muchas veces también vemos que no coinciden los niños que nosotros tenemos en las residencias con el proyecto de vida de los pretensos adoptantes, que en general buscan adoptar bebés, y la realidad que nosotros tenemos en las residencias es otra”.
Frente a esta escasez de postulantes en el RPA, la reforma busca habilitar nuevos caminos. “Esto es un gran desfasaje, por lo tanto, queremos proponer cambios en la normativa vigente para que aquellas familias que sí están trabajando coordinadamente con nosotros, con el poder ejecutivo, como familias de acogimiento, como padrinos, como madrinas que están interesados en acompañar a estas infancias, también puedan tener la posibilidad de adoptar”, detalló la funcionaria.
Las causas del fenómeno en Mendoza
Desde la Subsecretaría de Infancias detectaron que la baja en las inscripciones para guarda con fines de adopción comenzó a notarse en 2024 y se hizo aún más evidente durante 2025, a partir de un análisis realizado junto al Registro Provincial de Adopción.
Las autoridades explican que el estancamiento no responde a un único factor, sino a un escenario multicausal con impacto global y local. Por un lado, transformaciones sociales que lleva a una época marcada por la baja en la natalidad, nuevas formas de hacer familia y de conformar pareja.
También reconocen la incidencia de factores socioeconómicos e individuales en tanto esto muestra una crisis en los adultos reflejada en la búsqueda constante de certezas, el temor a lo incierto, un mayor individualismo y la caída en los mandatos de crianza o de realización a través de los hijos.
La brecha entre las expectativas y la realidad es otro factor. Quienes se anotan suelen mantener expectativas vinculadas a niños pequeños, mientras que la población en residencias está integrada en su mayoría por niños más grandes, adolescentes, grupos de hermanos y personas con discapacidad.
Respecto al impacto directo de este escenario, Álvarez Ocampos concluyó: “En relación a las consecuencias de esto, lo que nosotros vemos es que son más los niños, niñas y adolescentes que permanecen en una residencia alternativa y que tienen que criarse en un entorno de institucionalización y no en un entorno familiar”.
Se busca habilitar que los referentes afectivos puedan adoptar
Frente a la prolongación de los tiempos de permanencia en hogares o dispositivos estatales, el proyecto contempla una vía excepcional e innovadora: el reconocimiento formal de adultos que se han constituido en referentes afectivos a través de su participación en programas oficiales dependientes de la Dirección General de Protección de Derechos (DGP), como Padrinazgo, Voluntariado y Familias de Acogimiento.
De esta manera se apunta a que referentes afectivos de programas oficiales sean evaluados para adoptar al niño o adolescente que acompañan.
“El ejecutivo ha generado varios programas que tienen que ver con que la sociedad pueda vincularse con los niños que nosotros tenemos en las residencias y pueda generar vínculos significativos con esos niños. Pero actualmente, la ley prohíbe que los chicos que están en familias de acogimiento puedan ser adoptados. Así es que por eso consideramos que era fundamental hacer una modificación en la normativa que hoy tenemos vigente”, apuntó Álvarez Ocampos.
“El abordaje se centra en proteger a una población de alta vulnerabilidad: niños y niñas mayores de 5 años, grupos de hermanos y personas con discapacidad que cuentan con sentencia firme de adoptabilidad y permanecen en dispositivos de cuidado alternativo a la espera de una respuesta familiar”, explican desde el MInisterio de Educación, Cultura, Infancias y DGE.
“Cabe destacar que no se trata de guardas de hecho ni de entregas directas entre particulares -situaciones prohibidas por la legislación sustantiva-, sino de vínculos que nacieron, se desarrollaron y fueron acompañados bajo la supervisión directa del Estado”, aclaran.
Qué establece el proyecto para agilizar las adopciones
Para llevar a cabo este proceso de manera rigurosa, la norma contempla las siguientes herramientas:
Creación del EIDAAE: se establece un Equipo Interdisciplinario de Diagnóstico de Aptitud Adoptiva Específica de adultos referentes en el ámbito del Registro Provincial de Adopción.
Diagnóstico de idoneidad: a pedido fundado de la DGP, este equipo técnico realizará las evaluaciones psicológicas y sociales de los adultos referentes. El diagnóstico aplicará los mismos estándares de exigencia requeridos a los inscriptos en el registro general, pero estará acotado de manera exclusiva y específica a la vinculación con ese niño, niña o grupo de hermanos.
Decisión en el ámbito judicial: en caso de obtener la declaración de aptitud, las actuaciones se remitirán al Juez de Familia competente. El magistrado evaluará el informe y, mediante resolución fundada, convocará a la audiencia para expedirse sobre la guarda con fines adoptivos.