27 de octubre de 2026 - 07:25

Zona Fría: Nación definió los descuentos para Mendoza y los requisitos para mantener el beneficio

La Secretaría de Energía definió las bonificaciones y los requisitos de acceso. En la provincia, unos 422.000 usuarios recibían el beneficio anterior.

El Gobierno nacional oficializó los nuevos descuentos del Régimen de Zona Fría en el que Malargüe mantendrá una bonificación del 50% sobre el precio del gas, mientras que los usuarios de otras zonas de Mendoza podrán acceder a un descuento adicional del 20%, sujeto al cumplimiento de determinados requisitos.

La decisión fue oficializada este martes mediante la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial y firmada por su titular, María Carmen Tettamanti.

La normativa complementa el Decreto 1266/2026, publicado el lunes, que reglamentó las modificaciones introducidas por la Ley 27.828 al sistema de subsidios. En el caso de Malargüe, el departamento continuará incluido en el régimen especial junto con la Región Patagónica y la Puna.

El beneficio alcanza a los usuarios residenciales de gas natural y gas propano indiluido por redes, así como a todos los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con este último combustible.

El descuento del 50% se aplica sobre el precio del gas correspondiente a los consumos alcanzados por el régimen y no sobre el monto total de la factura. Esto significa que la reducción no comprende automáticamente otros conceptos, como los cargos de transporte, distribución e impuestos.

Qué pasará con los descuentos en el resto de Mendoza

Para los hogares de otras localidades mendocinas, la resolución establece una bonificación adicional del 20%, vinculada al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).

Según los datos de Ecogas difundidos durante el debate legislativo, 218.922 usuarios mendocinos recibían un descuento del 30%, mientras que otros 203.043 contaban con una reducción del 50%.

En total, 421.965 usuarios estaban comprendidos en el régimen anterior, aunque el impacto de las modificaciones dependerá de la situación particular de cada uno y de su eventual inclusión en el nuevo esquema de subsidios focalizados.

El descuento del 20% se calculará sobre el Precio Anual Uniforme del gas natural o el precio del gas propano indiluido por redes correspondiente a los denominados consumos base.

Además, será complementario del subsidio que reciba cada usuario dentro del sistema de asistencia energética. No obstante, el beneficio no será automático para todos los hogares.

La normativa establece que los usuarios deberán estar inscriptos en el SEF y tener su suministro ubicado en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, definidas por la norma IRAM 11.603/12.

También deberán cumplir al menos uno de los criterios adicionales previstos en la Ley 27.828 y no encontrarse comprendidos en el régimen territorial especial que incluye a Malargüe.

La resolución no detalla qué departamentos mendocinos estarán alcanzados ni cuántos hogares reunirán efectivamente las condiciones para acceder al descuento.

Esa información dependerá del padrón de beneficiarios que deberá elaborar la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética.

Cómo se aplicarán los beneficios en las facturas

La Secretaría de Energía dispuso que la identificación de los usuarios alcanzados se realizará mediante el cruce de información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con los datos correspondientes a la ubicación de los suministros.

La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética será la encargada de elaborar y actualizar el padrón de beneficiarios, que posteriormente será remitido al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE).

A partir de esa información, las distribuidoras y subdistribuidoras deberán aplicar las bonificaciones directamente en las facturas de los usuarios incluidos en el listado.

La normativa también contempla a las entidades de bien público, clubes de barrio y otras organizaciones sin fines de lucro alcanzadas por los regímenes específicos.

En estos casos, el descuento adicional del 20% se aplicará sobre la totalidad del volumen consumido, sin los límites de consumo base previstos para los hogares.

Por otra parte, las empresas distribuidoras deberán informar al organismo regulador los consumos y descuentos aplicados, mientras que las compensaciones económicas serán abonadas a las proveedoras de gas mediante el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.

La normativa entró en vigencia este martes, aunque establece que sus disposiciones serán aplicables a los consumos comprendidos desde el 13 de octubre de 2026, fecha en la que comenzó a regir la Ley 27.828.

La resolución

LAS MAS LEIDAS