Polémica en Maipú: el peronismo busca “blindar” funcionarios propios para evitar que sean desplazados por la UCR

A fines de abril asumen los concejales electos en noviembre y Juntos por el Cambio quedaría con más de la mitad del cuerpo. El oficialismo departamental apura el proyecto de resolución que se votará hoy en el Concejo Deliberante.

Consejo Deliberante de Maipú.
Consejo Deliberante de Maipú.

El peronismo de Maipú quiere imponer la estabilidad de las autoridades del Concejo Deliberante de esa comuna. La estrategia es muy simple: se presentó un proyecto para modificar el reglamento del cuerpo antes de que asuman los concejales electos en noviembre, momento en el que la oposición tendrá mayoría de votos. Esa iniciativa se debate hoy en el Concejo Deliberante.

¿En qué consiste el blindaje? Para remover autoridades, a partir de la reforma hará falta juntar dos tercios de los votos del Concejo, algo que no llegará a juntar Cambia Mendoza, que tendrá siete concejales de doce a partir de mayo. La idea detrás de esta medida es evitar que, cuando asuman los nuevos concejales electos en noviembre, el espacio opositor coloque el presidente, dejando al radicalismo en la línea sucesoria de la comuna.

La movida del peronismo maipucino desató la ira de los radicales de Cambia Mendoza, quienes denuncian que les han quitado la vicepresidencia del cuerpo. El presidente del bloque UCR, Mauricio Pinti, aseguró: “nunca nos íbamos a meter en la línea sucesoria. Sí queríamos reclamar algo lógico, siendo el bloque más numeroso: las dos vicepresidencias”.

El proyecto fue presentado el 3 de marzo pasado, después de la elección de autoridades del Concejo, que se hizo el 25 de febrero. El ungido presidente fue Isaac Morales, que responde a la conducción municipal de Stevanato.

Ya en la presidencia, el 3 de marzo, fue el propio pastor Morales el que presentó la reforma de la norma que regula el funcionamiento del Honorable Concejo Deliberante de Maipú.

En los argumentos del proyecto de resolución, se indica que es importante que “el reglamento interno sea coherente con la legislación vigente, con orden de prelación superior, tal como la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de Municipalidades número 1079″.

Cabe preguntarse por qué hasta ahora el concejo ha funcionado violando ambas constituciones y la ley 1079. Pinti indicó que “antes, como tenían el número, hacían lo que querían”; ahora, aseguró, “tienen miedo y lo adecuan”.

Además de la modificación de los artículos que hablan del nombramiento y remoción de las autoridades del Concejo, hay siete modificaciones más: una se refiere al periodo de tolerancia para reunir el quorum para una sesión y al tiempo para volver a convocarla; otra es referida a las funciones que cumple el secretario legislativo; dos modificaciones hablan sobre las dependencias que manejan el secretario legislativo y el director de Administración del Concejo; una establece las condiciones que deben cumplir los proyectos de obra pública presentados por fuera del presupuesto departamental y una sexta se refiere puntualmente al nombramiento de personal del concejo (también debe autorizarse por dos tercios de los votos).

La séptima modificación podría considerarse un nuevo blindaje más frente a la chance de perder la mayoría de votos: “ninguna disposición de este Reglamento podrá ser alterada, ni derogada por resolución sobre tablas. Todo proyecto de reforma del presente Reglamento interno deberá ser aprobado por los dos tercios de los concejales que componen el cuerpo”.

Protección

En el proyecto de resolución se propone una nueva redacción del artículo 10 del reglamento interno, en el que se indica que la elección del presidente y de los vicepresidentes primero y segundo se hace “a simple pluralidad de votos” y que el periodo del mandato es desde el 1 de marzo hasta el último día hábil de febrero. El texto determina también que su nombramiento “es revocable en cualquier tiempo por resolución de dos tercios de los miembros que componen el cuerpo, en sesión pública convocada a tal efecto”.

Los otros blindajes se imponen al secretario legislativo y al director de Administración del Concejo. La modificación dice que a ambos se los nombrará por simple mayoría de votos “pudiendo ser removidos con el voto afirmativo de los dos tercios de los concejales que componen el cuerpo”. El reglamento vigente establece que pueden “ser removidos por mayoría absoluta de votos de los Concejales que componen el cuerpo”: la mayoría absoluta es un voto más por la resolución que por la permanencia; es decir con siete voluntades de 12 alcanza.

El concejal Pinti consideró que, en caso de que Juntos por el Cambio gane la intendencia en 2023, no podrá remover a los funcionarios puestos por el peronismo, “porque difícilmente tenga dos tercios del concejo”.

Consultado por Los Andes, el intendente de Maipú, Matías Stevanato explicó que la elección de autoridades se hizo en tiempo y forma. “Se les ofreció la vicepresidencia que han tenido históricamente y no la aceptaron”, aseguró.

Luego recordó que el peronismo estuvo en minoría en el Concejo “en el 1985 cuando (Hugo) Bordín era el intendente peronista y (Santiago Felipe) Llaver era el gobernador radical. En ese momento, la oposición radical tenía mayoría de concejales y la decisión que tomó Llaver fue que había que respetar las instituciones”.

El intendente argumentó que la presidencia del Concejo Deliberante es la que naturalmente reemplaza al intendente en caso de que tenga alguna enfermedad o viaje y tiene que ser de la misma línea del oficialismo. “Si no, qué puede llegar a pasar en la línea sucesoria. Ese era el radicalismo del 85″, comentó.

Luego quiso bajar el tono de la polémica: “en todo caso los concejales deberían contar qué están haciendo. Yo les pregunté qué estaba pasando y me dijeron que se presentó en el Concejo Deliberante una modificación muy parecida a la del Concejo de Godoy Cruz, que habla de la necesidad de los dos tercios de votos para la remoción de los cargos. Es algo que está en otros lados. Yo fui senador y lo vi”.

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