La Corte Suprema de Justicia convocará a dos conjueces para avanzar en el análisis de la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras. La decisión se tomó luego de que los ministros del máximo tribunal no alcanzaran una posición unánime sobre el planteo presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie.
La Corte no logró unanimidad sobre la Ley de Tierras
La Corte Suprema de Justicia resolvió convocar a dos conjueces para intervenir en la causa que analiza la validez del artículo 154 del DNU 70/23, mediante el cual se derogó la Ley de Tierras.
La decisión fue adoptada durante el acuerdo de este martes, luego de que los integrantes del máximo tribunal no alcanzaran una mayoría suficiente para resolver el expediente.
El caso está identificado como FGR 20213/23 y tiene como origen una presentación realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que cuestionó la derogación de la normativa vinculada con la propiedad de tierras rurales por parte de extranjeros.
Qué establece el artículo 154 del DNU 70/23
El artículo cuestionado forma parte del DNU 70/23, dictado durante el gobierno de Javier Milei, y estableció la derogación de la denominada Ley de Tierras.
La normativa había fijado restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras, especialmente en determinadas zonas consideradas estratégicas.
La organización ambiental Árbol de Pie fundamentó su reclamo en el derecho a la protección del ambiente establecido por la Constitución Nacional y planteó objeciones contra la derogación de la ley.
El origen de la causa
La demanda fue presentada originalmente ante la Justicia Federal de Bariloche, pero el expediente posteriormente llegó a la Cámara Federal de La Plata. Según la información del caso, ninguna de esas instancias avanzó sobre el fondo del planteo, por lo que la cuestión terminó llegando a la Corte Suprema.
Ahora, el máximo tribunal deberá analizar la constitucionalidad de la decisión adoptada mediante el DNU 70/23.
La convocatoria a dos conjueces
Ante la falta de unanimidad entre los ministros de la Corte, se resolvió convocar a dos conjueces para integrar el tribunal en el tratamiento de la causa. El sorteo para determinar quiénes serán los magistrados que participarán del debate se realizará en las próximas horas.
Con su incorporación, la Corte buscará contar con la integración necesaria para avanzar en una definición sobre el artículo 154 y la derogación de la Ley de Tierras.
Los tres jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti
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El antecedente del CECIM
El análisis de esta causa se produce después de que la Corte Suprema rechazara una presentación realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM). En ese caso, el máximo tribunal desestimó el planteo por una cuestión vinculada con la legitimación de la organización para intervenir judicialmente.
Tras esa resolución, la Corte aclaró que la decisión respondía a un aspecto procesal y que no impedía analizar otros expedientes relacionados con la derogación de la Ley de Tierras.
Un nuevo debate sobre la derogación de la Ley de Tierras
El expediente de Árbol de Pie quedó así habilitado para ser analizado por la Corte dentro del régimen de procesos colectivos, mediante el cual causas que abordan una misma problemática pueden ser agrupadas.
La decisión de convocar conjueces abre una nueva instancia judicial sobre la vigencia del artículo 154 del DNU 70/23 y sobre la derogación de la Ley de Tierras.
El máximo tribunal deberá ahora avanzar en el análisis del planteo ambiental presentado por la organización y definir la validez de la norma cuestionada.