Según pudo saber Los Andes, el diputado Ambrosini presentó el pedido de Jury con el objetivo de que el juzgamiento logre la "destitución" del polémico magistrado. Pero hasta una sentencia a favor o en contra, hay un largo curso para esa denuncia, con la posibilidad de que se caiga inmediatamente si no hay acompañamiento. De eso dependen los votos.
El Jury de Enjuiciamiento está compuesto por 21 integrantes: los siete jueces de la Suprema Corte de Justicia, más siete senadores y siete diputados de las distintas fuerzas políticas que integran la Legislatura.
Cambia Mendoza concentra la mayoría de los miembros con cuatro senadores y cinco diputados: Martín Kerchner, Alejandro Diumenjo, Natacha Eisenchlas y David Saez por parte de la Cámara Alta; y Jorge López, Daniel Llaver, Beatriz Martínez, Ricardo Tribiño y Mauricio Torres, por la Cámara Baja.
Es decir tiene 9 votos asegurados, que le sirven para imponer casi la mitad del cuerpo. Para poder darle tratamiento a la denuncia debe sumar dos votos más y llegar a 11.
Por el lado de la oposición se reúnen solo cinco votos: tres por parte del peronismo y dos por La Unión Mendocina. En el caso del PJ se trata de los senadores Mauricio Sat y Helio Perviú, y el diputado Germán Gómez. Mientras que LUM cuenta con el senador Ariel Pringles y el diputado Jorge Difonso como titulares, es decir, ninguno de la bancada Pro.
Jury de Enjuiciamiento contra el juez Sebastián Sarmiento-diputado Franco Ambrosini y Melisa Pelayes (2).jpeg
Las "alas" de la Suprema Corte
En el caso de los jueces, si se analiza políticamente a cada integrante, se desmarcan el ala "filoradical", donde se ubica al presidente de la Corte, Dalmiro Garay y los supremos María Teresa Day, Norma Llatser y José Valerio. Mientras que el ala "filoperonista" lo integran los magistrados Omar Palermo, Mario Adaro y Julio Gómez.
De todos modos, el poroteo judicial no siempre reacciona con esas tendencias. De hecho el juez Valerio, titular del fuero penal, ha sido un férreo defensor de los magistrados que se desempeñan allí ante las críticas públicas del gobernador Alfredo Cornejo.
Como antecedente reciente está el caso del juez penal Eduardo Martearena, que fue denunciado por "mal desempeño" por el diputado Enrique Thomas (Cambia Mendoza) por una polémica medida a favor de un grupo de delincuentes que asaltó su casa en 2020.
Su tratamiento fue archivado por los votos de los siete miembros de la Corte (más el peronismo y el voto de Ariel Pringles de LUM) por un ajustado 11-10. Desde el oficialismo, que votó en conjunto por el inicio del tratamiento, criticaron en ese momento que los jueces lo hicieron de "forma corporativa".
Sin embargo, el caso de Sarmiento es muy distinto a Martearena. En la denuncia que presentó el diputado Ambrosini se acumulan cinco fallos controversiales del juez penal: dos de ellos que derivaron en crímenes, por tratarse de sujetos que lograron la libertad de forma anticipada.
A propósito, el Jury cuenta con dos destituciones de jueces en la historia reciente, pero ninguno del fuero penal: la jueza de Familia María Elizabeth Lizán (2024) por "inhabilidad psicofísica"; y el juez laboral Antonio Sánchez Rey (2020) por "desorden de conducta".
Sin plazos para llegar a la votación
A pesar de las formalidades, para llegar a esa votación nominal en reunión secreta no hay plazos establecidos. El Artículo 19 de la Ley de Jury de Enjuiciamiento establece que "presentada la acusación o la denuncia al presidente del Jury, éste verificará si la misma cumple con las exigencias establecidas en el Art. 17. Si no fuera así, emplazará al denunciante por cinco (5) días para que las cumplimente, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en la presentación".
Es decir, se deben analizar los requisitos formales de la denuncia y el titular del Jury no tiene apuros legales en ese trámite. Entre las "exigencias establecidas en el Art. 17" se encuentran la "relación circunstanciada clara y precisa de los hechos que motivan la denuncia, indicando concretamente la causal de enjuiciamiento que se atribuya".
Además, del "ofrecimiento de toda la prueba de que intente valerse, acompañando la documentación que tuviere en su poder o indicando con precisión dónde se encuentra, y consignando los datos de identidad de los testigos, su domicilio y el pliego de interrogatorio al cual serán sometidos, el que podrá ser libremente ampliado por los miembros del Jury y las partes al producirse la testimonial".
Luego, una vez reunida toda la documentación requerida, entonces el presidente del Jury si abrirá un plazo de 48 horas para que se constituya el cuerpo y se vote el inicio del proceso o el rechazo. Para una decisión u otra, se necesitan 11 votos de 21.