11 de agosto de 2026 - 14:45

El Senado dio media sanción a la reforma de la Ley del Deporte: qué cambiará para los deportistas mendocinos

El proyecto simplifica la licencia deportiva, elimina el DID y establece nuevos requisitos para quienes trabajan con menores. El debate pasará a Diputados.

La Cámara de Senadores dio media sanción este martes a una reforma de la Ley Provincial de Ordenamiento del Deporte y la Recreación que elimina trámites para los deportistas, crea un registro único provincial e incorpora la obligación de presentar antecedentes penales para profesores, instructores y técnicos que trabajen con menores de edad.

El proyecto, impulsado por el senador de Cambia Mendoza Eduardo Martín, fue aprobado por unanimidad y modifica distintos artículos de la Ley 6.457. La iniciativa pasó ahora a la Cámara de Diputados, que deberá definir si la convierte en ley.

Entre los principales cambios aparece la eliminación del Documento de Identidad Deportiva (DID), la simplificación de los requisitos para obtener la Licencia Especial Deportiva y una modificación en la composición del Consejo Provincial del Deporte y Recreación.

“El deporte necesita instituciones que acompañen a quienes entrenan, compiten y representan a Mendoza. No estructuras que sobrevivan en una ley ni trámites que terminen siendo un obstáculo para acceder a un derecho”, sostuvo Martín al defender la reforma.

La propuesta llegó al recinto después de ser analizada conjuntamente por las comisiones de Turismo, Cultura y Deportes y de Legislación y Asuntos Constitucionales. Durante ese proceso participaron representantes de federaciones, clubes, entrenadores y deportistas y se incorporaron modificaciones acordadas entre los bloques.

El senador provincial de Cambia Mendoza, Eduardo Martín.

El senador provincial de Cambia Mendoza, Eduardo Martín.

Menos requisitos para la licencia deportiva

Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del artículo 63, que regula la Licencia Especial Deportiva. La herramienta permite justificar la ausencia de deportistas y otras personas vinculadas a la actividad cuando deben participar de competencias. También alcanza, entre otros, a entrenadores, preparadores físicos, profesionales de la salud y dirigentes.

Según explicó Martín, el procedimiento vigente requiere documentación y trámites que pueden extender los tiempos para obtener la licencia.

Con la modificación propuesta, los requisitos se reducirán a la certificación de la realización del evento deportivo y la acreditación de la condición de deportista federado, documentación que deberá ser emitida por la institución correspondiente.

“Si un deportista ya está federado, tiene apto físico, seguro y una convocatoria oficial para competir, ¿por qué tiene que hacer otro trámite para demostrar que es deportista?”, planteó Martín.

Y agregó: “Si el Estado ya tiene la información que necesita, no tiene sentido hacer que un deportista pierda tiempo yendo de una oficina a otra”.

Eliminan el Documento de Identidad Deportiva

La reforma también deroga los artículos 37 al 40 de la legislación actual y, con ellos, el Documento de Identidad Deportiva.

Durante el tratamiento legislativo se consideró que el DID no tuvo una aplicación efectiva y terminaba exigiendo información que las federaciones y asociaciones deportivas ya poseen sobre sus integrantes. En su reemplazo, la iniciativa propone avanzar con un Registro Único Deportivo, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Deportes.

La herramienta buscará concentrar y mantener actualizada la información sobre deportistas federados y las demás personas que forman parte del sistema deportivo provincial, como entrenadores y profesionales vinculados a las distintas disciplinas.

Martín sintetizó el objetivo de estos cambios al señalar: “Nos estamos quedando con lo que sirve, cambiamos lo que no funciona y hacemos que las instituciones estén al servicio de las personas”.

Antecedentes penales para trabajar con menores

Otro de los cambios incorporados durante el tratamiento legislativo apunta a quienes trabajan con niños, niñas y adolescentes.

La reforma establece que profesores, instructores y técnicos deportivos que desempeñen tareas con menores deberán presentar un certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia. La exigencia quedó incorporada como inciso 5 del artículo 42 y contempla determinados delitos previstos en el Código Penal.

La senadora justicialista Adriana Cano destacó durante la sesión que la incorporación retoma una iniciativa que había sido trabajada anteriormente en el Senado con aportes de profesionales y especialistas.

La modificación apunta a reforzar los mecanismos de prevención y control en clubes, instituciones y otros espacios deportivos en los que participan menores.

La jefa del bloque del PJ en el Senado, Adriana Cano.

La jefa del bloque del PJ en el Senado, Adriana Cano.

El Consejo Provincial seguirá funcionando

La discusión en comisiones también produjo un cambio respecto del proyecto original. La primera propuesta contemplaba eliminar el Consejo Provincial del Deporte y Recreación, pero finalmente se acordó mantenerlo con una integración más reducida.

Actualmente, el organismo cuenta con 39 miembros. La reforma apunta a conformar una estructura más acotada para facilitar las convocatorias y su funcionamiento.

El Consejo conservará su carácter asesor y consultivo de la autoridad de aplicación y continuará participando en la elaboración de planes, programas y proyectos vinculados con la promoción y el desarrollo del deporte provincial.

La nueva composición incorporará representación de municipios, universidades y entidades vinculadas con personas con discapacidad.

Durante el debate, el senador de La Libertad Avanza Lucas Fosco propuso incorporar cuatro representantes de los ejecutivos municipales, uno por cada sección electoral y respetando la diversidad partidaria. Cano planteó, además, que esos representantes provengan específicamente de las áreas deportivas municipales.

La iniciativa también modifica el artículo 84, relacionado con el reconocimiento “Glorias Deportivas”. La nueva redacción establece que la selección de los postulantes quedará a cargo de la autoridad de aplicación.

Además, actualiza el artículo 87 para incorporar precisiones sobre el procedimiento sancionatorio frente a faltas al decoro y a la ética deportiva. Tras obtener el respaldo unánime del Senado, el proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar con su tratamiento legislativo.

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