El Gobierno de Alfredo Cornejo rechazó este martes un reclamo de un exauxiliar policial condenado por una causa de homicidio agravado. La medida fue publicada en el Boletín Oficial, a través del decreto 453. El agente había cuestionado la legalidad de las sanciones disciplinarias que se le impusieron en el año 2018.
Según la defensa legal del exauxiliar primero de la Policía de Mendoza, las medidas punitivas se le fueron aplicadas durante el proceso de investigación administrativa de la causa penal en la que se encontraba implicado. La respuesta de la Asesoría de Gobierno fue desestimar sus argumentos de fondo.
No obstante, el agente implicado objetó, entre otros puntos, que la resolución que confirmó su sanción disciplinaria había sido firmada por el Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad y no por el ministro, lo que, a su entender, implicaba una delegación indebida de funciones.
Manteniendo su postura, la Asesoría concluyó que la sanción original había sido dictada en una resolución anterior, por lo cual el acto ratificatorio no configuraba una delegación prohibida por la ley.
Otro de los argumentos del expolicía fue la supuesta falta de motivación de la resolución, que rechazó su recurso. Sin embargo, el dictamen jurídico remarcó que dicha resolución se encontraba debidamente fundamentada tanto en los hechos como en el derecho.
Otro punto relevante del reclamo fue el argumento de “prejuzgamiento”. La defensa señaló que fue sancionado administrativamente cuando todavía no se había iniciado el debate penal en su contra.
Pero el dictamen oficial recordó que la sanción administrativa y la responsabilidad penal son instancias independientes, y citó abundante jurisprudencia para reforzar este principio. Incluso destacó que esta separación está consagrada expresamente en el artículo 80 de la Ley 7493, que rige el régimen penitenciario mendocino.
Cabe recordar que el 22 de junio de 2023, el exagente fue condenado a tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación absoluta por el delito de homicidio agravado por la calidad de sujeto activo, en exceso en el cumplimiento del deber. El hecho ocurrió durante su desempeño como personal policial y motivó tanto el sumario interno como la causa penal correspondiente.
El delito homicidio agravado por la calidad de sujeto activo, en exceso en el cumplimiento del deber, es una figura prevista en el Código Penal Argentino para los agentes de seguridad que, en el ejercicio de su función, exceden los límites legales del uso de la fuerza.
El decreto, firmado por el propio Cornejo y por la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, el Ejecutivo provincial ratificó la validez de las resoluciones sancionatorias anteriores, cerrando la vía administrativa. Ahora, el exagente podría recurrir a la justicia mediante una acción procesal administrativa en un plazo de 30 días.
El decreto
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