9 de junio de 2025 - 07:00

El Gobierno implementó descuentos en impuestos para contribuyentes cumplidores: cómo acceder

Los descuentos alcanzan hasta el 25% y buscan premiar el cumplimiento voluntario. El régimen incluye rebajas por pago en término, anticipado y por incorporación de nuevos bienes.

El Gobierno de Alfredo Cornejo implementó, este lunes, un nuevo régimen de beneficios impositivos destinado a premiar a los contribuyentes cumplidores. A través del Decreto 613, publicado en el Boletín Oficial, se establecen descuentos en los impuestos Inmobiliario y a los Automotores.

Este beneficio está destinado para quienes hayan cumplido con el pago de sus obligaciones en los plazos establecidos, como también para aquellos que no registren deudas al 31 de diciembre de 2024.

La medida se enmarca en lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Provincial 9597, que faculta al Ejecutivo a establecer bonificaciones para fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

Desde el Ministerio de Hacienda aseguraron que el objetivo es consolidar una cultura tributaria basada en la responsabilidad y el cumplimiento, premiando a los contribuyentes que actúan en regla. El decreto lleva la firma del propio Cornejo y del responsable de la cartera, Víctor Fayad.

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El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad.

El ministro de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad.

Descuentos escalonados

El esquema contempla una serie de descuentos acumulables según el historial del contribuyente:

  • 10% de descuento para cada objeto (vehículo o inmueble) cuyo impuesto vencido esté cancelado al 31 de diciembre de 2024, incluso si el pago se realizó fuera de término y aún resta abonar intereses.

  • 10% adicional si el impuesto del mismo objeto también estuvo cancelado al 31 de diciembre de 2023. Este beneficio también aplica en casos de sustitución de bienes, siempre que el anterior estuviera al día.

  • 5% adicional por el pago total del impuesto anual dentro de los plazos estipulados para 2025.

  • 10% adicional para los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, no registren deuda exigible con la Administración Tributaria Mendoza (ATM) o la tengan regularizada a través de un plan de pagos con al menos la primera cuota abonada antes de esa fecha.

Nuevos bienes y restricciones

El decreto también establece condiciones especiales para quienes adquieran o incorporen nuevos inmuebles, automotores o derechos de superficie durante el año 2025. En esos casos, el descuento aplicable dependerá de la situación fiscal previa del titular.

Si el contribuyente ya era sujeto pasivo de los impuestos mencionados antes del 1° de enero de 2025, el nuevo bien recibirá el mismo porcentaje de descuento que el objeto con menor bonificación dentro de su patrimonio.

En cambio, si no tenía bienes alcanzados por esos tributos hasta esa fecha, no podrá acceder a los beneficios por cumplimiento en años anteriores, aunque sí podría obtener el descuento por pago anticipado.

Además, el decreto aclara que todos los co-titulares de un bien deben cumplir con los requisitos para que el beneficio se haga efectivo. Si alguno de ellos tiene deudas sin regularizar, el descuento no se aplica.

Requisitos para la deuda regularizada

Para efectos del inciso d) del artículo 1°, se considera “deuda regularizada” aquella incorporada en planes de facilidades de pago, siempre que la primera cuota haya sido cancelada antes del 31 de diciembre de 2024 y el resto de los pagos se realicen según el cronograma establecido.

En cambio, quienes no fueran contribuyentes activos de los impuestos Inmobiliario, Automotor o sobre los Ingresos Brutos al inicio del año 2025, no podrán acceder al beneficio del 10% por deuda regularizada sobre nuevos bienes adquiridos.

La decisión del Ejecutivo provincial de establecer este régimen de beneficios responde a una lógica de incentivo positivo, donde se premia el comportamiento fiscal responsable.

La medida no implica un aumento de las alícuotas ni modificaciones en la estructura tributaria vigente, sino que introduce mecanismos de reconocimiento para quienes cumplen.

Desde el Gobierno no descartan que este tipo de herramientas se continúe utilizando en ejercicios fiscales futuros, dependiendo de su impacto en la recaudación y en los niveles de cumplimiento voluntario.

El decreto

Decreto 613.pdf

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