“Compre sin IVA”: ¿qué trámite tengo que hacer si no me reintegraron la plata?

El programa devuelve el 21% de las compras hechas en productos de canasta básica o de higiene. Pero si pasaron más de 48 horas y no te han reembolsado el dinero, podés chequear si es este el trámite que debés realizar.

“Compre sin IVA”: ¿qué trámite tengo que hacer si no me reintegraron la plata?
“Compre sin IVA”: ¿qué trámite tengo que hacer si no me reintegraron la plata?

Hace una semana que se lanzó el programa “Compre sin IVA”, la iniciativa busca poder reintegrar a los compradores con tarjeta de débito o QR habilitado el Impuesto al Valor Agregado. Para que esto sea efectivo, los productos deben pertenecer a la canasta básica o ser de higiene personal.

Devolución del IVA.
 
 Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Devolución del IVA. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

A varias personas les ha pasado que han generado su compra y pasando las 48 horas límites del reintegro, no se les ha devuelto el dinero en la cuenta bancaria.

Si esto te pasó es porque seguro no tenés registrado tu CBU en AFIP. Para hacer esta declaración de tu Clave Bancaria Uniforme deberás hacer un trámite bastante sencillo.

“Compre sin IVA”: qué puedo comprar

El programa nacional busca incentivar el consumo de bienes esenciales. La letra pequeña dice que se devolverá hasta $18.800 por mes a trabajadores, jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales que perciban menos de $708.000 de haberes.

Además, para recibir los beneficios del Compre sin IVA, habrá que utilizar la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la que cada persona cobra el sueldo o el beneficio social que reciba.

Los productos que tienen devolución del IVA:

  • Productos lácteos;
  • Aves, huevos, productos de granja;
  • Frutas, legumbres, y hortalizas frescas;
  • Pan, productos de confitería y pastas frescas;
  • Azúcar;
  • Aceite y grasas;
  • Café, té, yerba mate y otras infusiones, especias y condimentos (sal incluida);
  • Productos y subproductos de molinería;
  • Frutas, legumbres y cereales secos y en conserva y frescas;
  • Venta al por mayor de productos alimenticios;
  • Fiambres y embutidos;
  • Carnes rojas, menudencias y chacinados frescos y pescados;
  • Productos de almacén y dietéticas;
  • Productos farmacéuticos y de herboristería; y
  • Cosméticos, productos de tocador y de perfumería.

Qué trámite debo hacer si no me devolvieron el IVA

En el caso que hayas hecho la compra de los productos mencionados y no hayas recibido la devolución del IVA, deberás ingresar a la página de AFIP para declarar tu CBU.

Ingresa a www.afip.gob.ar e inicia sesión con tu CUIL o CUIT y clave fiscal. Si no tenés clave fiscal debes descargarte la app de Mi AFIP y generarla desde allí. Para crear una clave fiscal te solicitarán escaneo del DNI del dorso y del revés. También una serie de pasos de escaneo facial.

Una vez ingresada la sesión, debés poner en el buscador de la página web ‘Declaración de CBU’ y darle enter a la opción que sale. Allí podrás ver si tenés cuentas asociadas o no.

Cómo hacer la declaración del CBU.
Cómo hacer la declaración del CBU.

En el caso que no tengas el apartado, no te mostrará ningún dato y deberás clickear el botón que dice ‘Registrar CBU’. Eso desplegará una subpestaña en la misma página y deberás colocar tu CBU.

Verificación del CBU en AFIP.
Verificación del CBU en AFIP.

Es importante destacar que para la devolución del IVA, solo acepta una clave bancaria uniforme (CBU), por lo que si tenés más de una tarjeta bancarizada de sueldo, te conviene elegir la que más beneficios tiene.

Ingresar el CBU en AFIP.
Ingresar el CBU en AFIP.

En caso de que sí tengas la cuenta cargada en AFIP, deberás darle clic al lápiz de la derecha para marcar el ítem ‘Devolución”.

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