22 de junio de 2026 - 14:15

Aguinaldo de junio: cómo se paga si estás de licencia por maternidad o enfermedad

El cobro del aguinaldo cambia según el tipo de licencia que haya atravesado el trabajador, ya que no todas las ausencias se computan de la misma manera para calcular el SAC.

El aguinaldo de junio es uno de los ingresos más esperados por los trabajadores en relación de dependencia. Sin embargo, quienes atraviesan una licencia por maternidad o una licencia por enfermedad suelen preguntarse si cobrarán el Sueldo Anual Complementario (SAC) completo, de manera proporcional o si ese período no se tiene en cuenta para el cálculo.

La respuesta depende del tipo de licencia. Mientras que la Ley de Contrato de Trabajo contempla que las licencias por enfermedad se computan para el aguinaldo, en el caso de la maternidad rigen reglas diferentes debido a que durante ese período la trabajadora percibe una asignación de la seguridad social y no un salario abonado por el empleador.

Cómo se calcula el aguinaldo si estoy de licencia por maternidad o enfermedad

El cálculo del aguinaldo depende del tipo de licencia que esté atravesando el trabajador durante el semestre.

En el caso de una licencia por maternidad, los 90 días cubiertos por la Asignación por Maternidad de ANSES no se consideran remunerativos, ya que durante ese período la empleada no percibe un salario abonado por el empleador sino un subsidio de la seguridad social. Por ese motivo, esos meses no se computan para el Sueldo Anual Complementario (SAC).

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La licencia por maternidad no genera remuneración salarial, por lo que ese período no se computa íntegramente para el cálculo del aguinaldo.

La licencia por maternidad no genera remuneración salarial, por lo que ese período no se computa íntegramente para el cálculo del aguinaldo.

En la práctica, el empleador deberá liquidar el aguinaldo de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado. Por ejemplo, si una trabajadora prestó servicios durante tres meses y los otros tres estuvo de licencia por maternidad, cobrará un SAC equivalente a esos tres meses trabajados.

En cambio, cuando se trata de una licencia por enfermedad inculpable, la situación es distinta. Como el contrato de trabajo continúa vigente y el salario mantiene su carácter remunerativo, ese período sí se considera tiempo de servicio efectivo y se computa para el aguinaldo.

De esta manera, el trabajador cobrará el SAC con normalidad, tomando como referencia la mayor remuneración mensual devengada durante el semestre.

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El aguinaldo de junio representa la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) correspondiente a 2026.

El aguinaldo de junio representa la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) correspondiente a 2026.

La fórmula general para calcular el aguinaldo es:

(Mejor salario del semestre ÷ 12) × meses computables

Así, quien haya trabajado todo el semestre percibirá el equivalente al 50% de su mejor sueldo. En cambio, si parte del período no es computable - como sucede con la licencia por maternidad - el monto se reducirá de manera proporcional.

Qué ocurre si la ausencia se debe a un accidente de trabajo

En los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, a partir del día 11 las prestaciones económicas quedan a cargo de la ART. Como esos pagos ya incluyen el proporcional del aguinaldo, el empleador solo deberá liquidar la parte correspondiente a los días efectivamente trabajados durante el semestre.

En estos casos, la empresa abonará únicamente la parte proporcional correspondiente a los días efectivamente trabajados por el empleado durante el semestre.

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