18 de diciembre de 2015 - 00:00

Ya multan a quienes contratan prostitutas en la vía pública

La comuna de Capital empezó a aplicar una normativa contra el trabajo sexual. Cinco personas fueron sancionadas con $ 2.700.

Con el objetivo de “preservar el espacio público como lugar de convivencia y civismo”, la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, a través de la aplicación de su Código de Convivencia, comenzó a multar a aquellas personas que incurran en la contratación de servicios sexuales en el espacio público.

Así, ahora si son encontrados queriendo contratar a una prostituta, deberán pagar $ 2.700 como ya le sucedió a cinco hombres la noche del miércoles. Contratar trabajadores sexuales es considerado una “falta grave y su sanción representa una multa de 2000 U.T.M. ($ 2.700)”.

“Para evitar la estigmatización y abordar este problema desde una perspectiva realista y estructural, las acciones punitivas se orientan a desalentar la demanda de servicios sexuales (multas a los clientes) y por otra parte asumir la complejidad de la problemática caracterizada, en este nivel (al margen de la trata, que es eminentemente penal), por la necesidad de ofrecer una alternativa a quienes están marginadas del sistema económico formal y un marco de tranquilidad y convivencia a todos los vecinos de la Ciudad”, indicaron dese el municipio.

Según la comuna, los servicios sexuales en la vía pública “generan una serie de conflictos que alteran el normal desarrollo de quienes residen y transitan la Ciudad de Mendoza; robos, violencia, droga y ruidos molestos”.

“La problemática de la prostitución tiene aristas muy complejas. La trata de personas y la explotación sexual constituyen delitos penales y exceden la órbita de acción del municipio, por lo que damos intervención a la justicia penal y realizamos los seguimientos correspondientes”, agregaron, y explicaron que trabajan para ayudar a aquellas personas que se dedican a la prostitución porque no tienen otra subsistencia.

Qué dice la norma

Artículo 41: normas de conducta
Se prohíben el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público de la Ciudad de Mendoza, en todo su radio municipal y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de  dicho espacio público.

Artículo 42: sanciones
La autoridad municipal se limitará inicialmente a recordar a las personas que incumplieran este precepto, que dichas prácticas están prohibidas por la normativa vigente. Si estas personas persistieran en su actividad, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador y a toda aquella actuación que legalmente corresponda derivada de la identificación de dichas personas.

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