29 de septiembre de 2026 - 11:01

La Legislatura provincial extendió el período de sesiones ordinarias hasta finales de octubre

La medida fue avalada en forma conjunta por las Cámaras de Senadores y Diputados, en cumplimiento de lo establecido por la Constitución provincial

La Asamblea Legislativa aprobó la prórroga del período ordinario de sesiones hasta el próximo 30 de octubre, por lo que la actividad parlamentaria continuará durante todo octubre en ambas Cámaras de la Legislatura provincial.

La sesión conjunta fue presidida por el presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi, y el presidente previsional del Senado, Martín Kerchner, en reemplazo de la vicegobernadora Hebe Casado, quién está a cargo del Poder Ejecutivo por el viaje de Alfredo Cornejo a París. La medida contó con el aval de Senadores y Diputados.

La extensión se resolvió en el marco del artículo 84 de la Constitución de Mendoza, que establece que las Cámaras funcionan en sesiones ordinarias desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre y que pueden prorrogar ese período por iniciativa propia hasta un máximo de 30 días.

De esta manera, durante el período de prórroga podrán avanzar los proyectos de ley y demás asuntos que ya cuentan con estado parlamentario, además de las iniciativas que ingresen hasta las 24 horas del 30 de octubre en las Mesas de Entradas de cada Cámara.

A su vez, también podrán incorporarse al tratamiento legislativo los proyectos que el Poder Ejecutivo incluya durante el período de prórroga.

Cómo funcionará la Legislatura durante octubre

La Asamblea Legislativa también autorizó a las Cámaras de Senadores y Diputados a mantener sus sesiones de tablas y reuniones de comisiones durante la prórroga.

En ese sentido, las actividades continuarán con los mismos días y horarios que fueron establecidos para el período ordinario de sesiones.

La decisión permitirá darle continuidad durante octubre al tratamiento de los expedientes que permanecen en consideración de la Legislatura, junto con aquellos que ingresen dentro del plazo establecido por la prórroga.

Qué dice la Constitución de Mendoza

El artículo 84 de la Constitución Provincial establece que las Cámaras pueden prorrogar sus sesiones ordinarias por un plazo de hasta 30 días. Durante ese período, el tratamiento legislativo queda limitado a los asuntos que dieron origen a la prórroga y a aquellos que el Poder Ejecutivo incorpore.

Por su parte, el artículo 85 establece que las Cámaras abren y cierran sus sesiones ordinarias y extraordinarias por sí mismas, reunidas en Asamblea y bajo la presidencia del titular del Senado. Además, deben comunicar previamente esa decisión al Poder Ejecutivo.

Con la resolución aprobada, la Legislatura provincial mantendrá su actividad parlamentaria durante octubre, mientras las dos Cámaras continúan con el tratamiento de los proyectos que se encuentran en estado parlamentario y de las iniciativas que ingresen dentro del período habilitado.

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