9 de octubre de 2026 - 07:24

El IPV podrá acceder al Fondo del Resarcimiento para financiar obras: qué establece el convenio

El Gobierno provincial habilitó un mecanismo de financiamiento para el IPV, que deberá devolver los recursos utilizados mediante un esquema ajustado por UVA.

El Gobierno de Mendoza formalizó un convenio con el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) para que el organismo pueda ejecutar proyectos de infraestructura mediante recursos provenientes del Fondo del Resarcimiento. El acuerdo establece las condiciones para acceder al financiamiento y contempla la obligación de devolver el dinero utilizado.

La medida quedó oficializada este viernes, a través de la publicación del Decreto 401 en el Boletín Oficial, firmado por el gobernador Alfredo Cornejo el pasado 3 de marzo. La normativa ratifica un convenio celebrado el 16 de enero de 2026 entre el Ejecutivo provincial y el organismo habitacional.

El documento fue suscripto por los ministros de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Natalio Mema, y de Hacienda y Finanzas, Víctor Fayad, junto al presidente del IPV, Gustavo Cantero.

A partir de este acuerdo, el IPV podrá actuar como organismo subejecutor de proyectos de construcción, ampliación, renovación y refuncionalización de infraestructura considerada necesaria para el desarrollo provincial.

Sin embargo, el decreto no establece un monto global de financiamiento ni identifica obras específicas. La asignación de recursos quedará sujeta a la aprobación de cada proyecto y a la firma de convenios particulares.

Cómo se financiarán las obras y se devolverá el dinero

Los recursos provendrán del fideicomiso constituido para administrar los fondos del resarcimiento que Mendoza recibió como compensación por los perjuicios ocasionados por el régimen de Promoción Industrial.

El acuerdo alcanzado entre la Provincia y el Estado nacional estableció una compensación de 1.023 millones de dólares, instrumentada mediante letras intransferibles del Gobierno nacional.

Posteriormente, se avanzó en la conformación de un fideicomiso para administrar esos recursos y destinarlos al financiamiento de infraestructura.

Para acceder al dinero, los proyectos del IPV deberán haber sido previamente priorizados por la Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial.

Una vez cumplido ese requisito, se deberá firmar un convenio específico de asignación de recursos, en el que se determinarán el monto destinado a cada obra, los plazos de financiamiento y las condiciones de devolución.

Uno de los aspectos centrales del acuerdo es que los fondos tendrán carácter reembolsable. Esto significa que el IPV deberá reintegrar al fideicomiso el dinero utilizado para ejecutar los proyectos.

Para calcular el capital que deberá devolver, los desembolsos realizados se convertirán a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), tomando como referencia la fecha de cada transferencia.

Los convenios particulares también deberán establecer el porcentaje de reintegro, las cuotas y su periodicidad. Los plazos de devolución podrán ampliarse, aunque será necesario contar con la autorización del Ministerio de Hacienda y Finanzas, sobre la base de un informe técnico del organismo.

Además, el documento establece que el IPV deberá fijar y recaudar cuotas destinadas a recuperar parcialmente los costos de inversión de los proyectos, dentro de sus competencias.

El procedimiento para implementar ese mecanismo tendrá que ser presentado ante el Gobierno provincial dentro de los 30 días posteriores a la firma de cada convenio específico.

El organismo también deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar el cobro de las cuotas e iniciar las acciones correspondientes frente a eventuales incumplimientos.

En caso de que el IPV no cumpla con las obligaciones financieras asumidas, el Ejecutivo provincial podrá suspender el financiamiento de uno o varios proyectos o compensar las sumas adeudadas con otros compromisos vigentes.

Las responsabilidades del IPV y los controles sobre las obras

El convenio también establece cómo se distribuirán las tareas administrativas, técnicas y financieras durante la ejecución de los proyectos.

La Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial será responsable de la coordinación y el financiamiento, mientras que el IPV tendrá a su cargo la licitación, contratación y supervisión de los trabajos.

Por su parte, la Tesorería General de la Provincia actuará como organismo pagador y el fiduciario será el encargado de realizar los desembolsos correspondientes.

En cuanto al procedimiento administrativo, el IPV deberá remitir mensualmente los certificados de obra debidamente conformados, dentro de los diez días corridos posteriores a su emisión.

Una vez presentada y revisada la documentación, la Subsecretaría de Infraestructura emitirá las órdenes de pago a favor de los contratistas. Posteriormente, la Tesorería solicitará al fiduciario los recursos necesarios para efectuar las transferencias.

Los pliegos de contratación deberán contemplar, como regla general, un plazo de 60 días corridos para el pago de los certificados de obra, contados desde su aprobación.

Ese período podrá modificarse con la conformidad de la Subsecretaría de Infraestructura y del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

En relación con los intereses por eventuales demoras, el organismo deberá tomar como referencia la Tasa Efectiva Mensual para la cartera general de préstamos en pesos del Banco Nación.

Planes de inversión

Otro de los requisitos será la presentación trimestral de un plan de inversión, en el que el IPV tendrá que detallar el flujo de fondos previsto para las obras en ejecución o próximas a comenzar.

El convenio también contempla el financiamiento de certificados por redeterminaciones de precios, siempre que los trabajos que originaron esas actualizaciones se hayan realizado dentro de los plazos establecidos en los contratos y planes de trabajo vigentes.

Por otra parte, cualquier modificación o ampliación de los contratos de obra deberá contar previamente con el visto bueno de Infraestructura y Hacienda.

Los gastos adicionales o reconocimientos económicos a contratistas que no tengan esa autorización serán responsabilidad exclusiva del IPV.

Finalmente, el acuerdo determina que las contrataciones realizadas por el organismo con terceros no generarán una relación contractual directa con el Gobierno de Mendoza. De esta manera, los reclamos que pudieran surgir de esos vínculos contractuales quedarán bajo responsabilidad del Instituto Provincial de la Vivienda.

El decreto y anexo

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