En cuarentena se dictaron casi 500 prohibiciones de acercamiento por mes en Mendoza

En 2020 se otorgaron 16 prohibiciones de acercamiento por día en la provincia, fomentadas por conflictos durante el confinamiento. Cada vez más hombres se animan a pedirlas.

Ilustración / Gabriel Fernández
Ilustración / Gabriel Fernández

El aislamiento social obligatorio por la pandemia hizo que el 2020 sea un año de más convivencia y permanencia en los hogares, ya sea con la familia o las parejas. Esto algunos lo disfrutaron y otros lo padecieron, en este último caso y en algunas oportunidades, generando más situaciones de violencia. La cuarentena, el encierro y otros factores hicieron mover más expedientes de exclusiones de domicilio y prohibiciones de acercamiento: en Mendoza el año pasado se registró un promedio de casi 500 órdenes de este tipo por mes.

Las cifras se obtuvieron a través del Poder Judicial y mediante un relevamiento de los 22 juzgados de Familia de la provincia, distribuidos en las cuatro circunscripciones judiciales. En la Primera, que comprende el Gran Mendoza y Lavalle, se dictaron 4.334 medidas restrictivas; en la Segunda, compuesta por los departamentos del Sur, se asentaron 831 causas; en la Tercera, de la zona Este, 244; y en la Cuarta, del Valle de Uco, 391.

Se contabilizaron en total 5.800 perimetrales anuales, que hacen un promedio de unas 483 por mes y de alrededor de 16 por día. Fuentes consultadas por Los Andes explicaron que en los meses de cuarentena estricta hubo más episodios violentos y más denuncias, lo cual es casi una lógica al aumentar el tiempo de permanencia en las viviendas.

El femicidio de Úrsula Bahillo en la ciudad bonaerense de Rojas estremeció al país y volvió a poner en el eje de la discusión la celeridad de la Justica en ordenar prohibiciones de acercamiento y en actuar en consecuencia una vez recibidas las denuncias. En las últimas horas se supo que la chica de 18 años fue asesinada de 15 puñaladas. El presunto femicida es Matías Martínez (25), un oficial de la Policía bonaerense, a quien Úrsula había denunciado 18 veces y se había ordenado una restricción perimetral hacia ella y hacia otra ex, que el efectivo quebrantaba con facilidad.

“Pasa con mayor frecuencia los lunes después de los fines de semana y, más aún, los fines de semana largos o vacaciones de una familia. La gente pasa más horas en contacto y, para quienes ya tienen problemas, hay más tiempo para que se generen conflictos”, señala el juez Carlos Neirotti, a cargo del Primer Juzgado de Familia de la Primera Circunscripción.

Estos números coinciden con los indicadores que durante el confinamiento marcaron un alza en otros delitos, como violencia de género y abusos intrafamiliares. Pero más allá de estos impactos sociales agravados por el coronavirus, los expertos reflejan que si bien la violencia crece año a año, también se nota que ahora la mujer -principal víctima- se anima a denunciar más por la visibilización de algunos hechos y por las campañas de difusión para pedir ayuda ante estos episodios.

Cómo se instrumentan

Quien padece maltratos físicos, psicológicos, sexuales, económicos y de alguna otra índole o sufre amenazas y coacciones, puede denunciar a su agresor de diferentes maneras. Presentándose en una comisaría es una, y para los que tienen un vínculo familiar, de conviviente o de pareja con su victimario, está además la posibilidad de los juzgados de Familia.

Mediante esta última alternativa comienzan las investigaciones, con ofrecimientos de testigos, pruebas y evaluaciones psicológicas, hasta que el juez decreta la exclusión del hogar para el acusado y/o la prohibición de acercamiento hacia la persona denunciante. Aparte va la causa penal, si es que existe la comisión de un delito y si es que el damnificado quiere iniciar este proceso.

Una vez que falla la Justicia, la medida entra en vigencia y la persona sospechosa ya no puede frecuentar los lugares de permanencia estable de quien la denunció. “Si ambos se encuentran de casualidad en un lugar, no hay violación de la orden; salvo que a partir de ahí uno comience a molestar y a amedrentar al otro”, describe Neirotti.

“En general, hay un alto cumplimiento de estas sanciones. Son decisiones que se toman de forma urgente porque alguien está en peligro pero pueden ser temporales y que no duren toda la vida. Son reversibles para sobre quien pesa la prohibición, con tratamientos psiquiátricos y psicológicos”, agrega el magistrado.

Los hombres también piden medidas

Si bien la gran mayoría de las personas que solicitan esta protección son mujeres hostigadas por sus parejas, en los últimos años ha crecido la tendencia de que varones se presenten en los juzgados para tramitar el no acercamiento de su esposa, novia o concubina.

“Hace 10 años no teníamos un solo expediente iniciado por un hombre; hoy se están animando más y se ha hecho bastante común, aunque la relación es de 9 a 1 todavía”, grafica el juez Neirotti y agrega que “esto no es exclusivo de mujeres”.

Los juzgados de Familia resuelven estos procesos siempre que haya entre los involucrados un parentesco -padres, hijos u otro vínculo familiar entre convivientes- y para las parejas, ya sea casadas, en concubinato y novios que no residen bajo el mismo techo. El 80 por ciento de las causas son entre parejas y la gran mayoría con hijos de por medio.

Control en redes y tecnologías

La irrupción desde hace décadas de las redes sociales y los nuevos dispositivos para comunicarse en la sociedad, han llevado a que la Justicia ponga aquí también sus mecanismos para evitar el acercamiento virtual.

Esto quiere decir que las prohibiciones, en todos los casos, son de contacto físico y también de comunicación por medios como el teléfono fijo, el celular y diferentes chats. Quien haya denunciado y se vea amenazado por cualquiera de estas vías, debe denunciar el incumplimiento de la medida, acompañando pruebas y testigos.

Bajas penas para quien incumple las órdenes

Más allá de que no se haya iniciado un expediente penal, violar las prohibiciones de acercamiento configura un delito tipificado en el artículo 239 del Código Penal, que prevé prisión de 15 días a un año para quien desobedece lo dictaminado por un funcionario público.

No respetar la exclusión del hogar también puede ser resultar imputable, bajo el artículo 150 y con condenas de 6 meses a 2 años.

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