Qué dice el DNU de Milei sobre Aerolíneas Argentinas y los “cielos abiertos”

Entre los cambios, el Gobierno autorizó la cesión de acciones de Aerolíneas Argentinas y Austral a los empleados. También vuelve una política que marcó la gestión de Mauricio Macri, cuando ingresaron las low cost.

Qué dice el DNU de Milei sobre Aerolíneas Argentinas y los “cielos abiertos”
Las acciones de Aerolíneas Argentinas serán cedidas a sus empleados - Archivo/ Los Andes

Tras la publicación del decreto N° 70/2023, titulado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, el gobierno de Javier Milei avanzará en la transferencia de las acciones de Aerolíneas Argentinas, la compañía aerocomercial del Estado, a sus empleados, además de establecer una política de “cielos abiertos”.

El DNU incorpora explícitamente, en su artículo 246, la cesión de acciones de Aerolíneas Argentinas y de Austral a los trabajadores. Modifica así el artículo 4 de la Ley N°26.412: “Autorízase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas, a los empleados de las respectivas empresas de conformidad con el Programa de Propiedad Participada”.

Para ello, el artículo 247 amplía con la derogación del artículo 9 de la misma ley, que establecía hasta la fecha que “en ningún caso el Estado nacional cederá la mayoría accionaria de la sociedad, la capacidad de decisión estratégica y el derecho de veto en las decisiones de la misma”.

Aerolíneas Argentinas (Presidencia)
Aerolíneas Argentinas (Presidencia)

Vale recordar que las acciones de Austral fueron absorbidas por Aerolíneas Argentinas, un proceso que se concretó durante por el gobierno anterior y que fue encabezado por quien hasta hoy sigue siendo el presidente de Aerolíneas, Pablo Ceriani. Desde 2008, el Tesoro viene transfiriendo a Aerolíneas Argentinas fondos que a lo largo de 15 años acumularon el equivalente a 8.000 millones de dólares, sólo para cubrir sus pérdidas.

La política aeronáutica argentina ha limitado fuertemente el desarrollo de la industria aerocomercial, pilar fundamental no solo de su integración federal, sino fundamentalmente del desarrollo económico y turístico”, dijo Milei en uno de los considerandos del DNU. “Que, por eso, es imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas”, añadió.

Esto va en sintonía con la política de “cielos abiertos”, que el presidente Mauricio Macri aplicó entre 2015 y 2019 con la llegada de las aerolíneas low cost (Flybondi y JetSmart) que abrieron más opciones de vuelos y destinos, quitando el preponderante rol en el mercado de cabotaje que tenía Aerolíneas Argentinas.

Además, el Capítulo IX del DNU de Milei también incorpora como servicios esenciales a la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo, y servicios aduaneros y migratorios, entre otros. Esto significa que ante una huelga se debe garantizar un servicio mínimo de al menos el 75% de la prestación normal.

Esta parte del DNU sustituye más de un centenar de la Ley 17.285 o Código Aeronáutico, dictada por el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía en 1967.

El texto que desregula por completo al mercado, como en el caso de Aerolíneas Argentinas, ocupa poco espacio dentro del decreto. Es una sola línea, el artículo 179, que dice “Derógase la Ley 19.030″, también sancionada durante el gobierno de facto de Alejandro Agustín Lanusse en 1971.

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