Es oficial: esto tenés que cobrar por mes para que la AFIP te descuente “Ganancias”

El Gobierno oficializó el aumento del mínimo no imponible del gravamen y en esta oportunidad, también se modificaron las escalas. 36.448 mendocinos se verán beneficiados.

Qué sueldos pagarán el Impuesto a las Ganancisa en 2023 y cuáles serán las escalas. (Foto: AFIP)
Qué sueldos pagarán el Impuesto a las Ganancisa en 2023 y cuáles serán las escalas. (Foto: AFIP)

Este viernes el Gobierno Nacional oficializó el aumento del umbral del Impuesto a las Ganancias a $700.000, que entrará en vigor a partir de este mes. Además, se han incrementado las escalas en un 35%.

En todo el país, se estima que esta medida proporcionará un alivio fiscal a más de un millón de trabajadores, 36.448 de ellos, mendocinos.

A través del Decreto 414/2023, publicado en el Boletín Oficial en la madrugada, se determinó que solo estarán sujetos al tributo aquellos individuos cuyas remuneraciones superen los $700.875 por mes. Para aquellos que superen esta cifra pero no excedan los $808.341 mensuales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encargará de establecer el monto deducible adicional correspondiente.

Para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores, hemos elevado el umbral del Impuesto a las Ganancias a $700.875 a partir de agosto. Esto permitirá aliviar la carga tributaria para 300.000 trabajadores, quienes quedarán exentos del impuesto”, anunció previamente el Ministro de Economía, Sergio Massa.

Cambios en las escalas

En cuanto al Impuesto a las Ganancias y los cambios en las escalas, el otro decreto también otorgó a la Afip la responsabilidad de aumentar en un 35% los montos de la escala progresiva de Ganancias, aplicable para el ejercicio fiscal 2023.

Este aumento en las escalas tiene efecto retroactivo a enero de 2023, y los excedentes retenidos entre enero y julio serán devueltos al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios correspondientes a agosto y septiembre de 2023.

En relación a este aspecto, el Gobierno especificó: “La diferencia entre el monto retenido efectivamente hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto y el monto que habría correspondido retener considerando la reducción, será reembolsada de acuerdo con los métodos y plazos que establezca esa Administración Federal”.

¿Quiénes no pagarán Impuesto a las Ganancias’

Según lo explicado por el Ministerio de Economía, se tomará en cuenta la variación del Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre octubre de 2022 y febrero de 2023, que fue del 25,29%, así como el aumento adicional de este índice en un 38,45% durante marzo, abril, mayo y junio. Esta es la tercera vez en el año que se aumenta el mínimo no imponible, dado que en enero se dejaron de gravar las remuneraciones brutas mensuales que no superaban los $404.062, luego en mayo se incrementó a $506.230 y ahora vuelve a aumentar hasta los $700.875.

Cobro, imagen ilustrativa.
Cobro, imagen ilustrativa.

Se agrega al umbral exento del impuesto el incremento del 38,45% del RIPTE. En consecuencia, no se realizarán retenciones del Impuesto a las Ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $700.875 al mes. Si la remuneración bruta del mes cae en el rango de $700.875 a $808.101, se aplicará una deducción especial incrementada.

En la misma madrugada, a través del Decreto 415/2023, el Gobierno encomendó a la Afip aumentar en un 35% los importes de las escalas progresivas, con efecto retroactivo a enero de este año. El excedente retenido de enero a julio será reembolsado al empleado en dos cuotas mensuales, correspondientes a los salarios de agosto y septiembre próximos.

Los trabajadores que dejarán de pagar el impuesto por provincia

En relación a la asignación de los beneficiarios, en el ámbito económico se estima que:

  • 435.502 corresponden a la provincia de Buenos Aires
  • 146.541 a la Ciudad de Buenos Aires
  • 82.463 a Córdoba
  • 78.395 a Santa Fe
  • 36.448 a Mendoza
  • 25.778 a Entre Ríos
  • 24.099 a Tucumán
  • 21.496 a Neuquén
  • 19,808 a Chubut
  • 17.793 a Río Negro
  • 13.862 a Misiones
  • 12.372 a La Pampa
  • 12.423 a Salta
  • 12.176 a Corrientes
  • 12.126 a San Juan
  • 10.617 a San Luis
  • 9.204 a Jujuy
  • 8.443 a Formosa
  • 8.257 a Chaco
  • 7.443 a Santiago del Estero
  • 7.364 a Catamarca
  • 6.341 a Santa Cruz
  • 6.047 a La Rioja

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