El Gobierno nacional modificó la reglamentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para ampliar su alcance a proyectos de infraestructura ferroviaria y del sector tecnológico.
Ahora incluirá construcción, renovación y electrificación de trazas ferroviarias, así como extenderá el alcance en cuanto al sector tecnológico.
El Gobierno nacional modificó la reglamentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para ampliar su alcance a proyectos de infraestructura ferroviaria y del sector tecnológico.
Lo determinó mediante el Decreto 748/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.
La nueva reglamentación determina que se considera "construcción" ferroviaria tanto la ejecución de infraestructura nueva como la renovación, sustitución, transformación o desarrollo de la ya existente y de su infraestructura accesoria indispensable para la logística.
De este modo, se aclara que los incentivos fiscales y de estabilidad del RIGI aplicarán a las siguientes obras específicas:
Asimismo, la norma puntualizó que quedan excluidas aquellas tareas que se limiten exclusivamente a la conservación o el mantenimiento de la infraestructura preexistente, destinadas únicamente a preservar las condiciones de uso del tendido.
El decreto también redefine qué constituye una "Ampliación de un Proyecto Preexistente no adherido al RIGI" para este sector. Para el caso específico de la infraestructura ferroviaria, la capacidad productiva se determinará en función de su capacidad de transporte.
De esta forma, se entenderá que existe una ampliación cuando las inversiones generen un incremento verificable de la capacidad de transporte, el cual deberá determinarse cuantitativamente sobre la base de parámetros técnicos objetivos.
En paralelo, el decreto sustituyó el artículo 60 para detallar las condiciones aplicables al sector de tecnología. En este rubro, se considerará ampliación la incorporación de un nuevo producto que sume innovación tecnológica, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: