Quienes no votaron en las PASO podrán votar este domingo sin impedimento

Las personas que no asistan este domingo a votar en las elecciones generales quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

José Gutierrez / Archivo Los Andes
José Gutierrez / Archivo Los Andes

Las personas que no votaron en las PASO del 13 de agosto “no tienen ningún impedimento” para votar este domingo en las elecciones generales. “Los que no participaron de las PASO obviamente pueden votar en la general. No hay ningún impedimento. También si no votó en los comicios de 2021 y quiere votar ahora, puede hacerlo”, explicó el titular de la Dirección Nacional Electoral (DINE), Marcos Schiavi.

En las PASO del 13 de agosto, el 69% de los electores habilitados para votar concurrió ese día a las urnas, lo que representó un aumento de 1,3% de la participación en comparación con las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias de 2021, pero una caída de 7,4 puntos porcentuales con relación a la última instancia eliminatoria de postulantes a la presidencia de 2019, informó la Justicia.

Así, los comicios desarrollados ese día fueron los segundos con menor convocatoria desde el retorno de la democracia, del cual se cumplirán 40 años el 10 de diciembre, informó Télam.

La Cámara Nacional Electoral, dependiente del Poder Judicial de la Nación, informó dos horas después del cierre de los comicios de ese día que había votado el 69% del padrón.

En tanto, las personas que no asistan este domingo a votar en las elecciones generales quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa si no justifican su inasistencia ante la secretaría electoral de cada jurisdicción.

La participación en los comicios nacionales es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años. En tanto, quienes se ausenten y no emitan su voto tendrán que justificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Quienes no justifiquen su inasistencia en las urnas no podrán ser designadas o designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

En tanto, quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

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