Una ley de ética pública sólo declarativa

La ley de ética pública y sus modificaciones, sigue careciendo de una herramienta como es capacidad legal, o legitimización del auditor para plantear administrativa o judicialmente la nulidad de los actos irregulares o de corrupción.

Protestas contra la corrupción
Protestas contra la corrupción

Veo en los medios la rebelión del Gobernador contra el dictamen del auditor de Ética Pública sobre la existencia de incompatibilidades de un edil, usando hasta el término de aberración (Los Andes, 20 de noviembre).

No es la primera vez que el auditor padece de este desprecio funcional por parte de autoridades, todavía no se sabe que paso con el nombramiento de la intendenta de Santa Rosa a su madre como asesora, a pesar del dictamen del auditor la abogada sigue en su cargo.

La ley de ética pública y sus modificaciones, sigue careciendo de una herramienta como es capacidad legal, o legitimización del auditor para plantear administrativa o judicialmente la nulidad de los actos irregulares o de corrupción.

El auditor investiga y concluye sobre la existencia o no de irregularidades, pero él no puede accionar, sobre todo judicialmente, para la nulificación de los actos que entiende son irregulares. Esa actividad la tiene que derivar a otros órganos, que a veces son los mismos donde se ha cometido la irregularidad. Como sucede con la asesora de Santa Rosa, o el edil de Tunuyán.

Estos temas pueden ser opinables y puede ser necesaria la intervención judicial para su definición, pero, ¿como hace el auditor para defender su dictamen, su función, en definitiva, si no se lo equipa de legitimación suficiente para actuar sobre todo judicialmente ante irregularidades que detectara, cuando son remisos los funcionarios responsables?

La única posibilidad es darle la capacidad legal necesaria, sino seguirá siendo un mero declarador de irregularidades.

Conclusión, sin esta herramienta -que sí la tiene por ejemplo la Oficina Anticorrupción a nivel nacional- no pasará nada con el incumplimiento de las obligaciones que impone la Ley de Ética a los funcionarios, y la ciudadanía seguirá viendo cómo, no importa el signo que sea, gozan de impunidad, cuando no les gusta el dictamen del auditor.

* El autor es abogado.

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