Granizo en Rivadavia: reportan daños en al menos 2.000 hectáreas cultivadas

El municipio relevó los daños que sufrieron cerca de 100 productores por la fuerte tormenta que azotó al departamento este miércoles.

La tormenta de este miércoles provocó graves daños en la Zona Este
La tormenta de este miércoles provocó graves daños en la Zona Este

Luego de la fuerte tormenta que azotó a la provincia durante la tarde noche de este miércoles, se reportaron los daños ocurridos en áreas productivas de la Zona Este, en particular, “la caída de granizo en Rivadavia, sobre Los Campamentos con abundante en cultivos”.

Este jueves desde el municipio realizaron una recorrida y constataron daños en al menos 2.000 hectáreas cultivadas, y calculan que alrededor de 100 porductores se cuentan entre los damnificados. Para evitar pérdidas mayores, desde la comuna señalaron que entregarán materiales como oxicloruro de cobre.

Se trata del segundo evento meteorológico en poco tiempo que daña especialmente a la Zona Este de la provincia. El pasado 16 de diciembre, la contingencia climática generó daños de consideración en 7.255 hectáreas de Junín, Las Heras, Rivadavia, San Rafael, Santa Rosa, Tupungato, Lavalle y San Martín.

José Saravia, productor oriundo de Rivadavia, fue uno de los productores alcanzados por ese evento meteorológico. Tras realizar la denuncia a través de la Dirección de Contingencias Climáticas, comentó: “Estamos recibiendo este importante producto que nos permite curar las plantas. A nosotros nos afectó considerablemente nuestra producción la caída de granizo, pero antes hizo lo propio las heladas.

“El daño que han provocado las últimas contingencias climáticas nos ha generado daños en casi el 80% de nuestra producción, así que esta ayuda nos viene más que bien”, destacó el productor, quien lleva a cabo su actividad en 11 hectáreas del departamento mencionado.

Economía asistió con oxicloruro de cobre a más de 500 productores mendocinos
Economía asistió con oxicloruro de cobre a más de 500 productores mendocinos

Estado de emergencia o desastre agropecuario

Recientemente, el Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Economía y Energía, decretó el estado de emergencia o desastre agropecuario en todas las zonas provinciales donde las últimas contingencias climáticas, concretamente caída de granizo o fuertes ráfagas de viento, hayan afectado de manera considerable zonas cultivadas.

De este modo, todos los productores mendocinos que hayan sufrido daños en sus cultivos, previa denuncia, pueden acceder a una batería de beneficios que se activan de manera automática en situaciones como estas.

Entre los beneficios se cuentan la eximición de la obligación de pago del impuesto inmobiliario, de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente y de una prórroga de hasta 90 días para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales, sin que ello origine recargos, intereses ni actualización monetaria.

Asimismo, las instituciones financieras oficiales o mixtas locales brindarán líneas de crédito que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de las economías de los productores afectados y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, a un año de gracia y plazo de pago que no podrá ser inferior a tres años.

En tanto, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria, una bonificación de 25% en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para riego agrícola.

Además, se deberán suspender por hasta 90 días hábiles de finalizado el período de Emergencia Agropecuaria la iniciación de juicios y procedimientos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse y quedarán suspendidos los cursos de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción y se suspenderá por hasta 90 días hábiles la obligatoriedad de validación prevista en el artículo 185 del Código Fiscal de la Provincia de Mendoza.

El artículo 13 de la mencionada ley señala además que la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán emitir al productor la correspondiente factura con la eximición de pago por el período que dure la Declaración de Emergencia Agropecuaria. Lo propio deberá hacer el Departamento General de Irrigación mediante planes de pago especiales para el cobro del 50% restante de la factura correspondiente.

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