Cepo: ¿puedo comprar dólares si refinancié los saldos impagos de las tarjetas de crédito?

La decisión del Banco Central busca acotar el universo de quienes adquieren moneda extranjera para ahorro.

Orlando Pelichotti / Los Andes
Orlando Pelichotti / Los Andes

A los beneficiarios de asignaciones de Anses y titulares de créditos hipotecarios se suma otro grupo de ciudadanos imposibilitados de adquirir dólares para ahorro. Se trata de aquellas personas que refinanciaron sus saldos impagos en las tarjetas de crédito, tal como dispuso tiempo atrás el Gobierno en medio de la crisis derivada de la pandemia.

De esta manera, el Banco Central busca acotar el universo de potenciales compradores del dólar ahorro, que ahora con el impuesto del 35% de Ganancias cotiza a $131, al mismo valor del blue antes de ponerse en vigencia la medida restrictiva.

A inicios de abril, cuando las sucursales bancarias aún estaban cerradas por la pandemia y escaseaba el acceso al efectivo en los cajeros, se dispuso refinanciar automáticamente los saldos impagos de ese mes de las tarjetas de crédito. Una medida similar se tomó a comienzos de este mes.

Así, quienes no pagaron la totalidad del resumen, hallaron refinanciado automáticamente ese monto con tres meses de gracia, una tasa del 40% y nueve cuotas fijas. Pero, en septiembre, cambió a 12 cuotas. Este rango de personas no puede acceder a la compra de los 200 dólares. La opción es cancelar anticipadamente esas cuotas para calificar al pedido en los bancos.

Según la comunicación 7.106/2020 del BCRA, “las personas humanas que sean beneficiarias de lo dispuesto en el punto 4 de la Comunicación “A” 6949 y complementarias y/o en el artículo 2º del Decreto N° 319/20 no podrán, hasta la total cancelación de la financiación o mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota según sea el caso, acceder al mercado de cambios para realizar operaciones correspondientes a formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados”.

Vake recordar que el BCRA también estableció que para la apertura de nuevas cajas de ahorro en dólares, el banco deberá “obtener evidencia de que el cliente posee ingresos o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera”.

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