Hacia un verdadero cambio en la OSEP

La propuesta de elección directa de dos directores de la OSEP por el voto de los afiliados representa un avance importante en la democratización de la obra social de los mendocinos, pero no genera cambios sustantivos en la calidad de la administración, la eficiencia, la transparencia y no soluciona los problemas de fondo de la obra social.

OSEP administra un presupuesto de más de 2.000 millones de pesos anuales y atiende la salud de más de 350 mil afiliados. La complejidad de la administración de estos recursos, la inmensa variedad de prestaciones y el número creciente de afiliados, requiere de un manejo muy profesional y transparente.-

Se debería aprovechar esta oportunidad para discutir cambios un poco mas profundos en el estatuto de la obra social, que establezcan mecanismos concretos de participación y control por parte de los afiliados.

En primer lugar, el directorio debería conformarse con cinco miembros, uno por parte del Estado para coordinar con la política de salud pública de la provincia, tres más elegidos por el voto directo de los afiliados activos y uno más por los afiliados jubilados. Para los postulantes a estos cargos el estatuto debe prever requisitos mínimos de idoneidad profesional en temas de salud y administración. Debe establecerse, además, la revocatoria de mandato.

La elección del presidente de este directorio se debería efectuar por el voto de los miembros del directorio, otorgándole las mismas facultades que hoy tiene el director general.

En ningún otro organismo es más imprescindible implementar urgentemente el mecanismo de concurso para acceder a los cargos gerenciales.

Es necesaria también la constitución de un fuerte organismo de control interno al modo de una auditoría compuesta por tres miembros, uno elegido por el Estado y los otros dos por elección de los afiliados.

Finalmente, es necesario garantizar que los fondos retenidos a los empleados y aportados por los distintos organismos del Estado provincial y municipal sean transferidos efectivamente a la obra social en tiempo y forma, y si es necesario, establecer por ley las penalidades correspondientes a los funcionarios que retengan o desvíen indebidamente estos fondos, reforzando lo establecido en el art. 26 del estatuto.

Estas reformas, significan la autarquía plena e implican desvincular al organismo de las decisiones del grupo gobernante de turno, aunque no de la política de salud del Estado provincial, y darles a los afiliados verdadera participación y decisión en el manejo de su obra social, pues ellos son los verdaderos destinatarios de un servicio tan esencial y sensible para cada ser humano, como es el derecho a la salud. Derecho que, sin una sincera convicción de cambio y compromiso de la clase dirigente, sólo quedará como una expresión de deseo más.

Javier Cofano

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