Fallo: Google y Yahoo! no son responsables de lo que muestran

La Corte rechazó la demanda de una modelo argentina cuyo nombre aparecía relacionado con páginas de oferta sexual.

Fallo: Google y Yahoo! no son responsables de lo que muestran
Fallo: Google y Yahoo! no son responsables de lo que muestran

La Corte Suprema de Justicia falló ayer a favor de buscadores en Internet en una demanda iniciada por una modelo publicitaria cuyo nombre aparece en páginas vinculadas con oferta de sexo. Los jueces advirtieron que responsabilizarlos por los contenidos que no crearon “equivaldría a sancionar a la biblioteca”.

El fallo fue firmado a favor de los buscadores por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, con la disidencia parcial de Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.

La resolución rechazó “en todas sus partes” la demanda que había entablado la modelo María Belén Rodríguez contra los principales buscadores de Internet, Google y Yahoo!.

“No corresponde juzgar la eventual responsabilidad de los ‘motores de búsqueda’ de acuerdo a las normas que establecen una responsabilidad objetiva, desinteresada de la idea de culpa”, sostuvo el fallo a favor de los buscadores.

Los jueces destacaron que “los motores de búsqueda (search engines) son los servicios que buscan automáticamente en Internet los contenidos”.

En ese sentido, expresaron que “a la inexistencia de una obligación general de vigilar le sigue -como lógico corolario- la inexistencia de responsabilidad”.

“Responsabilizar a los buscadores por contenidos que no han creado, equivaldría a sancionar a la biblioteca que, a través de sus ficheros y catálogos, ha permitido la localización de un libro de contenido dañino, so pretexto que habría ‘facilitado’ el daño”, sostuvieron los magistrados.

El fallo manifestó que “más allá de que la sanción sería injusta, es muy probable que -de seguirse ese criterio ‘objetivo’ de responsabilidad- terminarán cerrándose muchas bibliotecas, con gran perjuicio de los lectores”.

“Otro tanto sucedería, sin duda, con los buscadores en Internet, de aplicarse igual criterio”, advirtieron los jueces en el fallo.

En ese sentido, expresaron que “si a la vera de un camino se desarrolla una actividad ilícita -que, por hipótesis, debe ser condenada- no por eso puede sancionarse al responsable de la ruta que permite acceder al lugar, con el peregrino argumento de que hizo más fácil la llegada a aquél”.

"Gran día para internet".

Tras el fallo de la Corte, la directora de Asuntos Legales de Google para América Latina, María Baudino, manifestó que celebra “esta decisión ejemplar a nivel nacional e internacional”.

“Es un gran día para Internet y para la libertad de expresión. Luego de casi ocho años de litigio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que los motores de búsqueda no son responsables por el contenido generado por terceros, sean textos o imágenes”, sostuvo. Baudino expresó que “el fallo establece criterios y principios fundamentales para evitar la censura y garantizar el acceso a la información en Internet”.

“La limitación de la responsabilidad de los intermediarios de Internet es un estándar internacional esencial para la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información, pilares de nuestro sistema constitucional”, manifestó.

Antes de emitir el fallo, el tribunal había realizado audiencias para escuchar la exposición de representantes de los buscadores, la demandante y organismos especializados conocidos como “amicus curiae” (amigos del tribunal).

El abogado de la modelo, Raúl Castex, dijo en declaraciones al canal Todo Noticias (TN) que no está de acuerdo “en absoluto” con el fallo y manifestó que “no era lo que nosotros esperábamos”.

“Si bien el fallo rechaza la demanda, los cinco votos de la Corte dicen que los buscadores son responsables por daño de la imagen”, afirmó.

Hay dos proyectos de ley para regular los contenidos en la web

Dos proyectos legislativos vuelven a poner el foco en internet y en la regulación de diversos aspectos de la red; en particular, en lo que hace a derechos personalísimos, privacidad y discriminación. Son proyectos presentados por el diputado Sergio Bergman (PRO) y por su par Remo Carlotto (FPV).

El de Carlotto, presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, propone luchar contra los actos discriminatorios y el discurso de odio en Internet, “pero con herramientas impropias: delega en una oficina del Poder Ejecutivo funciones judiciales”, según la opinión de Beatriz Busaniche, de la Fundación Vía Libre, publicada ayer en el diario La Nación.

“La autoridad de aplicación de la iniciativa, el Inadi, tendría, en caso de ser aprobado el proyecto, la facultad de multar y clausuras sitios web que no cumplan con las directivas de esa oficina. Tan amplio es el proyecto que alcanza a toda plataforma que habilite comentarios de los usuarios tales como páginas, blogs, redes sociales, agencia de noticias, medios de prensa, diarios on line, revistas electrónicas y otros sitios de Internet que admiten que los usuarios publiquen contenidos, opiniones o dejen mensajes en sus respectivos dominios”, agregó Busaniche.

La especialista considera que también es amplia la definición de lo que se considera contenido discriminador, al incorporar “contenidos producidos por los usuarios que menoscaben o insulten a las personas por su condición étnica, de color, de nacionalidad, religión, género, identidad de género o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, trabajo u ocupación, caracteres físicos, capacidad psicofísica, condición de salud, perfil genético o pobreza”.

El otro proyecto que ganó notoriedad en las últimas semanas proviene de un bloque opositor y lleva la firma del Diputado Sergio Bergman, del PRO, quien siguiendo la decisión de Europa de regular el Derecho al Olvido pretende traer una normativa de ese estilo a nuestro país. Pero que para Busaniche “también tiene problemas que se vinculan con las garantías de libertad de expresión”.

El proyecto reconoce el derecho a borrar su pasado a personas físicas y jurídicas, con lo que abre la puerta a que empresas, ONGs, partidos políticos, entre otros, “hagan uso de derechos fundamentales en su propio beneficio. Recordemos, por si hace falta, que las empresas no tienen derechos humanos ni derechos personalísimos”, explicó la experta en La Nación.

Y agrega un segundo problema del proyecto: “Establece un sistema de notificación y baja de contenidos y enlaces que deja en manos de empresas (de Internet) la responsabilidad de evaluar la legitimidad o no de un contenido. La única posible excepción al pedido de baja de contenidos es el interés público, cuya defensa queda diluida en manos de las empresas de Internet”.

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