La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la venta de un aceite de oliva, que en su etiqueta decía “origen Mendoza”: estaba falsamente rotulado.
Así se decidió a través de la disposición 7.834/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, bajo la firma del titular del organismo de control, Manuel Limeres. La prohibición abarca en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto.
Cuál es el aceite de oliva prohibido por Anmat
El producto prohibido por Anmat es el “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.”.
De acuerdo con la Anmat, el aceite de oliva mencionado “no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”, al mismo tiempo que su Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro de Producto Alimenticio (RNPA) exhibidos en el rótulo del envase son inexistentes.
Es decir, el rótulo de este aceite de oliva afirmaba que el producto provenía de Mendoza, por lo que se realizó una consulta con el Departamento de Higiene de los Alimentos de dicha provincia, el cual confirmó que los registros eran inexistentes y negó que existiera alguno con la razón social “Casanova S.A.” y/o “Colina del Rey”.
La medida de prohibición surgió a partir de una consulta particular presentada al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), el cual realizó consultas a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires (DIPA) y descubrió la falta de registros del producto.
La Anmat también hizo referencia a un antecedente que podría estar vinculado a este producto, ya que hace alrededor de un año, a través de la Disposición ANMAT N°6769/2022, se prohibió el aceite de Oliva Extra Virgen marca “Monte del Rey”, envasado por Casanova S.A., ya que carecía de autorización de establecimiento y producto.
Por lo tanto, Anmat concluyó que el producto era ilegal “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes”, ya que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”.
Debido a la prohibición declarada, este aceite de oliva “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, con el objetivo de “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales” de los cuales no puede garantizarse su trazabilidad ni condiciones de elaboración.