Mendoza fue a la Corte Suprema por la cesión de tierras a mapuches

Fue ante la falta de respuesta del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) a tres recursos de la Provincia con la cual se mostraba en contra de la cesión de 24.000 hectáreas a comunidades autopercibidas mapuches.

Víctor Ibáñez, ministro de Gobierno. 

Foto : Orlando Pelichotti
Víctor Ibáñez, ministro de Gobierno. Foto : Orlando Pelichotti

La provincia de Mendoza finalmente fue a la Corte Suprema de Justicia con el objetivo que deje sin efecto tres resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) con el que se cedieron más de 24.000 hectáreas a comunidades autopercibidas mapuches.

La decisión de ir al máximo tribunal de Justicia ya se había tomado semanas atrás, tras la falta de respuesta del INAI a diversos recursos presentados por Mendoza - que incluía también un pronto despacho- en contra de lo resuelto por el organismo. Según informó el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, se presentó una acción de inconstitucionalidad contra las “ilegítimas resoluciones vinculadas con pretendidas comunidades mapuches”.

“Nunca existieron mapuches en el sur de Mendoza”, disparó el funcionario radical.

Estas presentaciones administrativas, que fueron la fase previa a la medida directa en la Justicia, habían sido suscriptas por el gobernador Rodolfo Suárez; el fiscal de Estado Fernando Simón y el asesor de Gobierno Ricardo Canet, pero al vencerse los plazos resolutivos, fue que se decidió ir directamente a la acción de inconstitucionalidad en la Corte Suprema de Justicia.

“Nada se respondió. Incluso el INAI tampoco se pronunció respecto de lo peticionado. Ese silencio por parte del Estado Nacional implica que hay un tácito rechazo al pedido que ha hecho la provincia de Mendoza en contra de la asignación de aproximadamente 24.000 hectáreas, a unas comunidades que se pretenden como mapuches”, expresó Ibáñez.

El ministro de Gobierno y flamante precandidato a diputado nacional por Cambia Mendoza, explicó la posición de Mendoza, al sostener que el procedimiento del INAI proviene de “una ley nacional de emergencia, prorrogada por un DNU del presidente (Alberto) Fernández, que es manifiestamente inconstitucional, toda vez que la propia ley no preveía su posibilidad de prórroga y que, existiendo en la Cámara de Diputados un proyecto para poder ampliar la vigencia de esa ley, el Presidente dictó un DNU que prorroga y que habilita al INAI a hacer lo que se llaman relevamientos”.

En este sentido, agregó que esos relevamientos se deberían cumplir si estas leyes o el DNU “eran constitucionales, pero no lo son”. También comentó que no hubo participación efectiva de la Provincia, como también dispone dicha legislación.

Además de los fundamentos legales de por qué entiende la Provincia que es inconstitucional la medida del INAI, agregaron que se presentó también la posición “bajo un análisis histórico y profundo de que nunca existieron mapuches en el sur de la provincia de Mendoza”.

“La medida del INAI es inconstitucional. Los mismos argumentos vertidos en los recursos administrativos, que tienen que ver fundamentalmente con la no participación de la provincia de Mendoza en el proceso, como establece una ley que consideramos inconstitucional, es una violación a facultades concurrentes de Nación-Provincia y por ende también una violación a los derechos de los particulares, sobre los cuales en parte, asientan estas tierras que han sido asignadas por el gobierno federal”, finalizó Ibáñez.

El planteo de inconstitucionalidad contra la cesión de tierras a mapuches

El planteo de nulidad es por las medidas tomadas por el INAI (dictado las Resoluciones nacionales Nº 36, 42 y 47) conforme al artículo 25 de la ley 19.549, y subsidiariamente la inconstitucionalidad por el artículo 322 del Código Procesal Civil Federal, expresaron a Los Andes.

La resolución 36, firmada el 19 de enero, otorga 21.370 hectáreas a la comunidad Lof El Sosneado, ubicada en la localidad homónima de San Rafael; mientras que la resolución 42, también del 19 de enero, otorga 3.584 metros cuadrados a la comunidad Lof Suyai Levfv, también en Los Molles.

En tanto, el juez federal Eduardo Puigdéndolas detuvo en abril la entrega de 4.777 hectáreas en la zona de Los Molles (resolución 47 del INAI), que había fijado el reconocimiento de la “ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Limay Kurref, perteneciente al Pueblo Mapuche”, por lo que esta resolución deviene en abstracto.

El fallo resultó a favor de la empresa Nieves de Mendoza SA, que había solicitado en marzo pasado la nulidad de la resolución del INAI, al plantear que era “la titular registral ­desde el año 2.000­ del inmueble sobre el que recayó la resolución atacada” y sostuvo que ésta abarca “4.477 hectáreas dentro del inmueble ‘El Álamo’ de dominio de la reclamante”.

Tal como dijo Ibáñez, los recursos administrativos fueron presentados el 10 de febrero de este 2023 en contra de las resoluciones del INAI, que servirán de base para el planteo de nulidad ante el máximo tribunal de Justicia.

“Las resoluciones deben resultar nulas, de nulidad absoluta e insanable e ilegítimas, motivo por el cual deben ser dejadas sin efecto por el organismo que las dictó”, dice uno de los documentos. Además, han expresado que la resolución se tomó con una “evidente falta de rigor científico”.

LOS ACTIVOS EN LAS TIERRAS

Por otro lado, desde el Gobierno remarcaron meses atrás a Los Andes que en las zonas “cedidas” hay activos con pozos de crudo no convencional en el lado mendocino de la formación Vaca Muerta, al sur de Malargüe.

Desde el Gobierno aclararon que en ese lugar “se está desarrollando una inversión millonaria para actividades de exploración y producción por parte de YPF”. “Sobre las áreas reconocidas existen dos que están comprometidas con actividad petrolera: una que cuenta con 23 pozos en El Sosneado. El operador de esa área es Emesa -empresa cuyos accionistas son la Provincia de Mendoza y sus municipios- y su objetivo es incrementar el valor de los activos energéticos”, aseguraron. En tanto, en la otra, también están incluidos 30 pozos, la cual es, según el Ejecutivo, un área “en crecimiento de actividad petrolera”, en la formación Vaca Muerta.

Por otro lado, es importante recordar que la Legislatura aprobó un proyecto de Resolución en el cual se expresó que los mapuches “no deben ser considerados pueblos originarios argentinos” y manifestó su “repudio al Decreto nacional 805/21″ que suspende los desalojos, así como “preocupación” por el procedimiento del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en torno al conflicto mapuche en la provincia.

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