Dos meses después, la Justicia sigue sin resolver la quita de celulares a los presos

El Tribunal Penal Colegiado debe definir entre las posturas del juez Sarmiento y el Ministerio Público Fiscal, pero aún no fija la fecha de audiencia para escuchar a las partes. Mientras tanto el Gobierno busca concretar la colocación de inhibidores en Almafuerte II.

Cárcel de Almafuerte. Archivo
Cárcel de Almafuerte. Archivo

Con hechos de inseguridad y violencia en escala en la Provincia, el Poder Judicial se muestra indiferente para resolver una cuestión que tiene incidencia concreta en estas problemáticas, como es la libre comunicación de los presos con el exterior de las cárceles. Desde el mes de enero se mantiene una prórroga de la insólita “emergencia sanitaria” que les permite a los internos tener teléfonos a su disposición y no hubo avances para destrabar la situación.

Una vez pasada la feria, en los primeros días de febrero, fueron sorteados los tres jueces que deben definir en segunda instancia, entre las posiciones enfrentadas del juez Sebastián Sarmiento y el Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal Adjunto en lo Penal, Fernando Guzzo. Se trata de los doctores Rafael Escot y Mauro Perassi, miembros del Tribunal Penal Colegiado N° 1, y Luis Correa Llano, integrante del TPC N° 2.

Dada la necesidad social de ponerle fin al beneficio del que gozan los internos, se esperaba que durante ese mes se concretara la audiencia pero hasta el momento el tribunal ni siquiera ha fijado la fecha para que comparezcan las partes. Fuentes judiciales estiman que son “plazos normales” los que se han tomado los magistrados y que primero deben resolver las “causas urgentes”. Mientras tanto en las cárceles se mantiene todo igual desde el año 2020, cuando se inició con justa razón la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, que hoy no tiene asidero alguno.

Vale decir que el Código de ejecución de la pena privativa de la libertad, en su artículo 98, establece las infracciones disciplinarias en las cárceles. Entre las enumeraciones de las faltas medias se encuentra la de “utilizar y/o poseer teléfonos celulares y/o terminales móviles de comunicación”. Actualmente 7 de cada 10 internos tiene un teléfono a su disposición, es decir que, de la población carcelaria de 6 mil personas, unos 4 mil cuentan con ese beneficio.

Por su lado, el Ministerio de Seguridad y Justicia busca avanzar en la instalación de inhibidores en las cárceles y se espera que en las próximas semanas haya un anuncio oficial al respecto. La cartera que dirige Mercedes Rus trabaja con la empresa estatal Invap, la cual presentó un estudio de prefactibilidad para colocarlos y restaba concluir entre ambas partes un convenio marco definitivo para su desarrollo.

Hay avances pero se van a dar a conocer más adelante. Estamos trabajando en una reingeniería del sistema penitenciario porque estamos próximos a trasladar internos a Almafuerte II″, contó una fuente del ministerio a Los Andes. La idea es que la primera torre de bloqueo se instale en el pabellón de máxima seguridad de esa cárcel, tal como había anunciado el exgobernador Rodolfo Suárez cuando recogió la demanda de Luis Petri en la campaña electoral, a favor de Alfredo Cornejo.

Vale aclarar que la empresa mencionada descartó en su informe la posibilidad de instalar inhibidores de señal, tanto en los penales de Boulogne Sur Mer como San Felipe de Ciudad, aseguró la ministra a este diario en diciembre pasado. Si bien es un punto importante para abarcar, porque se alojan allí 2.910 internos (la mitad de la población carcelaria de la provincia), la ubicación juega muy en contra, porque las antenas podrían ocasionar bloqueos de señal tanto para el personal penitenciario como el edificio del Polo Judicial y las viviendas cercanas de la Sexta Sección.

El conflicto judicial

En su fallo del pasado 10 de enero, el juez Sarmiento determinó finalizar el estado de emergencia sanitaria en las cárceles y puso una serie de requisitos para proceder a la sustracción de teléfonos, las cuales el Fiscal Guzzo, respondió con una apelación. El contrapunto tuvo que ver con las formas y los tiempos para llevarlo adelante.

El principal reclamo del fiscal consistía en el periodo para el retiro de los teléfonos. En la vista que le presentó al juez Sarmiento para su resolución solicitó, junto al Servicio Penitenciario, que dentro de los treinta (30) días y progresivamente se arbitren los medios para retirar los teléfonos celulares de los complejos penitenciarios de la Provincia.

En el informe presentado ante Sarmiento, el MPF hizo referencia a tres tipos de modalidades delictivas que transcurren con el poder de los celulares en manos de los internos y el riesgo que representa demorar el procedimiento: publicaciones en redes sociales para compra y venta de artículos; compra de teléfonos con comprobantes apócrifos y denuncias online con fines extorsivos.

Por su parte, Sarmiento decidió que el proceso de entrega de parte de los detenidos, su depósito y su correspondiente entrega a los referentes familiares o titulares de dichos equipos, “va insumir un tiempo muy considerable, y se deben organizar un mecanismo adecuado y que cumpla parámetros de seguimiento y trazabilidad, teniendo en cuenta el valor que tienen dichos equipos”.

Entonces resolvió que el retiro de los equipos telefónicos móviles deberá ser realizado de manera gradual en un plazo no inferior a los seis meses, estableciendo un mecanismo de “trazabilidad y seguimiento adecuado”, para permitir a los familiares de las personas privadas de la libertad, retirar dichos equipos del ámbito penitenciario.

Además, sumó como condición que “sólo se podrá disponer el retiro de los equipos telefónicos celulares, en los sectores de alojamiento, donde se encuentre instalado y en condiciones operativas un sistema de Telefonía pública en los términos del art. 2° de la resolución 1122/98 (Reglamento de Telefonía Pública), debiendo garantizar al menos un equipo por cada pabellón, ala, o sector de cada establecimiento carcelario”.

Por último, solicitó que se debe instalar en cada establecimiento carcelario, de manera complementaria a los sistemas de telefonía pública, equipos para videollamadas, videoconferencia y/o plataformas de comunicación, destinadas para el contacto en situaciones de emergencia familiar y el contacto de los detenidos con sus defensores y asesores jurídicos, en una proporción mínima de un equipo cada doscientas personas detenidas.

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