La Corte le ordenó a una animalista indemnizar a sus vecinos por acumular perros en Luján

La vicepresidenta de la Sociedad Protectora de Animales deberá reducir la cantidad de canes que cría por los ladridos y el mal olor que generan. Tendrá que pagarle $50.000 a los denunciantes.

La Corte le ordenó a una animalista indemnizar a sus vecinos por acumular perros en Luján
Imagen ilustrativa / Archivo - Los Andes

La Corte provincial “condenó” a la vicepresidenta de la Sociedad Mendocina Protectora de Animales a que tenga menos perros en su casa por las “inmisiones inmateriales” que generan, es decir, por el mal olor y los ladridos que molestan a los tres vecinos de un barrio privado de Chacras de Coria que la demandaron.

El fallo, firmado por la ministra de la Suprema Corte Teresa Day y sus pares Julio Gómez y Pedro Llorente, obliga a que la proteccionista indemnice a las tres personas que la demandaron con 50.000 pesos a cada uno y que, además, se haga cargo de los honorarios de los abogados actuantes.

En primera y segunda instancia la Justicia le había ordenado a Claudia Zarantonello que se quedara sólo con dos perros, tal como lo establece el código de convivencia del barrio Parque Las Colinas. Este acuerdo vecinal se firmó mucho después de que Zarantonello comprara la casa –cuando el barrio no era “cerrado”- y a ella se lo presentaron cuando se mudó al coqueto vecindario.

En cambio, el fallo del máximo tribunal no le da un corte final a la discusión entre vecinos, ya que ordena que sean las partes las que lleguen a un acuerdo –con la participación del municipio de Luján- sobre la cantidad de perros que debe tener la mujer en su casa.

Todo comenzó en 2006, cuando tres vecinos demandaron a la proteccionista para que cesaran las “inmisiones inmateriales” de los animales y les pagara 210.000 pesos. Los vecinos sostuvieron que la mujer tenía en su casa de la calle Las Palmas “un sinnúmero de perros” que “por sus malos olores, ladridos permanentes y peligro de infecciones, alteraban la normal tolerancia y afectaban la convivencia pacífica”.

En 2002, tras la denuncia en el municipio, se había intimado a Zarantonello a sacar a los animalitos –a veces 10 perros, a veces “veintialgo”- pero ella no había hecho caso. Además había desconocido el reglamento interno de “dos perros por casa” y, en 2014, había convertido su vivienda “en una perrera con caniles distribuidos a la vista”.

Zarantonello contestó que el asunto no era tan así, que cuando compró la casa no existía la limitación de dos animales y que en ese entonces era un barrio “abierto”. Luego explicó que era integrante de la Sociedad Mendocina Protectora de Animales y “en su propiedad existía un número variable de perros, muchos que habían requerido intervenciones médicas y luego eran entregados en adopción o llevados al predio de la asociación”.

Los vecinos contrataron a la escribana María Alejandra Dip, quien puso su nariz y sus oídos al servicio del caso y firmó nueve actas en las que constató “olor muy desagradable a heces y orina de animales” y ladridos a distintas horas del día.

La municipalidad encontró en la casa de la proteccionista “17 perros bien alimentados, algunos en el patio y otros dentro de la propiedad, algunos discapacitados”. Además informaron que, al momento de la inspección, los animales ladraron durante 20 minutos pero después dejaron de hacerlo y que “no se ven excrementos, pero sí se percibe mal olor dentro de la propiedad y en la vereda, cerca de la puerta”.

Por su parte, la mujer se defendió diciendo que en “su propiedad hay permanentemente un número variable de perros, mucho de los cuales han requerido intervenciones médicas y necesitan cuidados, aunque luego son entregados en adopción o llevados al predio de la asociación” a la que pertenece. Además afirmó “que se trata del ejercicio de una actividad lícita, voluntaria y desinteresada, en pleno ejercicio del derecho de propiedad reconocido en la Constitución”.

Los vecinos contrataron luego a un ingeniero ambiental que, a falta de poder “medir” científicamente el olor, llevó un instrumental adecuado y registró el valor sonoro de los ladridos en la vivienda de Zarantonello (102 db A) y en la casa de los vecinos (de 69 db A). En cambio, su nariz no registró olores molestos.

La demandada puso un recurso de amparo por el código de convivencia barrial pero el pedido no prosperó. Finalmente, la mujer perdió la demanda en primera y segunda instancia: se ordenó que se quedara con dos perritos y los indemnizara a los vecinos. Entonces la proteccionista llevó el asunto a la Corte provincial.

¿Se podrán de acuerdo?

En un fallo conocido por estos días, los ministros de la Corte sostienen que deben cesar las inmisiones molestas pero resulta arbitrario que la proteccionista deba quedarse con sólo dos perros, como dice el contrato barrial, ya que eso no es la cuestión que se discutió originalmente.

Por ello “la solución a la que se arribe deberá compatibilizar el derecho de propiedad de la demandada, que debe ejercerse de manera razonable, sin resultar abusivo ni perjudicar a terceros, con el derecho de los vecinos a gozar de tranquilidad y a no sufrir molestias intolerables por ruidos y olores”, reza el fallo.

“Para ello deberá tenerse en cuenta que la normal tolerancia no puede definirse con precisión matemática -sostienen los jueces- pues es una cuestión que se encuentra sujeta a la razonabilidad y a la prudencia judicial”.

Pero, por otra parte, advierten que “el número de animales que ha tenido la demandada, que ha llegado a tener más de veinte perros, resulta excesivo e implica un ejercicio abusivo del derecho de propiedad, que ocasiona inmisiones que exceden la normal tolerancia de los vecinos, razón por la cual ellas deben cesar, ajustándose razonablemente la cantidad de mascotas o animales que permanezcan en el inmueble”.

Por eso, dicen los ministros de la Corte –”devolviéndole la pelota” a los litigantes- la mediación “se convierte en una estrategia para el sistema de Justicia alternativo que “deja en manos de los protagonistas-sujetos de la mediación, dueños de su voluntad autónoma, la concertación de la solución que más satisfaga sus intereses en autocomposición con los intereses del otro, mediante una actuación y participación más eficaz en la resolución del entuerto”.

Así las cosas, serán los propios litigantes –después de años y años de litigar y con una clara “perdedora” – quienes deban ponerse de acuerdo como buenos vecinos. El tiempo dirá si el caso finalmente tiene una solución definitiva.

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