Por primera vez, la Justicia ordenó al Banco Nación eliminar el UVA y actualizar cuotas según la evolución del salario

La Justicia Federal de Mendoza falló a favor de un deudor hipotecario y le ordenó al Banco Nación eliminar el sistema UVA y recalcular las cuotas según el índice de variación salarial. Es la primera vez que hay un dictamen en el país contra el banco estatal.

Por primera vez, la Justicia ordenó al Banco Nación eliminar el UVA y actualizar cuotas según la evolución del salario
La Justicia Federal falló contra el Banco Nación y le ordenó eliminar el UVA para calcular las cuotas. Foto: Facundo Luque / Archivo

Por primera vez en el país la Justicia Federal le ordenó al Banco Nación renegociar un contrato hipotecario en UVA con un deudor y adecuar el sistema de actualización de las cuotas por el del índice de variación salarial.

El falló que dictó la Cámara Civil de Mendoza, a cargo del juez federal Pablo Quirós, le abrió una luz de esperanza a cientos de tomadores de créditos que vieron en el sistema UVA la posibilidad de acceder a la casa propia pero con el paso de los años y un proceso inflacionario desbocado se volvió una carga imposible de sobrellevar.

La causa que llevó adelante el estudio D´Angelo González es solo una entre 500 que tramitan en los juzgados federales de Mendoza, San Rafael y Buenos Aires contra la banca estatal y una cifra similar contra entidades financieras privadas.

El fallo de Quirós obliga al Banco Nación a “la readecuación del contrato de mutuo con garantía hipotecaria destinado a la adquisición de un inmueble oportunamente suscripto”.

El importe de las cuotas a pagar por el actor se actualizará, desde la fecha del primer congelamiento ordenado por la autoridad competente, en función de la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) publicado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), sin que ello implique extender el número de cuotas originalmente previsto, conservando la tasa de interés pactada, con una tasa máxima del 3,5% nominal anual”.

El juez ordenó retrotraer las cuotas a agosto de 2019 cuando el Gobierno Nacional realizó un congelamiento y en consecuencia también se retrotrae la deuda. La pericia debe realizar una liquidación y calcular cuánto es lo que ha excedido el UVA la actualización del coeficiente de variación salarial que aplicarán desde ahora y el excedente se acreditará como pago a cuenta de las últimas cuotas.

Pero además de cambiar el coeficiente de actualización de las cuotas, en la sentencia también se establece que el monto a pagar mensualmente no puede superar el 30% de los haberes del deudor, un empleado estatal.

Este es un precedente muy importante. Es la primera vez en el país que hay un fallo contra el Banco Nación”, dijo Mariela González, la abogada que llevó el caso adelante.

Para la letrada el fallo también “ha echado luz sobre muchas cuestiones que estaban discutidas, sobre todo en el Congreso, que es el que tendría que dictar una ley que solucione la problemática de todos y además ha dicho que en realidad esto no eran créditos para que la persona tenga que salir a vender su vivienda en el corto plazo, sino que eran créditos para promover el acceso a la vivienda, que es un derecho constitucional”, indicó.

El problema central que sacó a la luz la sentencia de Quiros, según entiende González, es que el sistema de créditos UVA tenía como una especie de doble actualización.

El 3.5 anual de interés, que en principio era tan atractivo, se convirtió en una trampa ya que se calculaba sobre los UVA precisamente en UVA. Y al mismo tiempo esa unidad de medida tenía la indexación por inflación.

El Tomador del crédito recibió en julio de 2017 $2.300.000 que eran equivalentes a 118.312,76 unidades a devolver en 30 años.

Sin embargo las pericias demostraron que le sumaron 72.948,05 UVA en concepto de interés, por la aplicación de la tasa anual del 3,5″ con lo cual, después de pagar 5 años “la deuda crece $1.000.000 por mes, según el Banco Central, y ya estamos con una deuda de $22.500.000 mientras que la casa en Tunuyán vale unos $16.000.000″ explicó la abogada.

“Había una especie de doble actualización del crédito en el sentido de que si tenemos el capital actualizándose en UVA y además el interés corriendo la misma suerte, es imposible que el hipotecado cancele la obligación y el contrato se ha vuelto totalmente antieconómico”, agregó González.

Entre los datos que surgieron de la pericia contable se estableció que del crédito inicial de $2.300.000 (sin intereses) ajustado por una inflación del 40% anual (30 años) generaría una deuda de $ 59.673.853,75 sin intereses en UVA.

Los intereses actualizados conforme a ese 40% de inflación arrojan $36.793.086 por lo que la deuda total ascendería a $96.466.939.

Pero si le sumamos que hay una inflación del 100% el monto a pagar por aquel crédito de dos millones de pesos sería de $241.167.347.

Si bien el fallo que dictó la Justicia Federal mendocina en el caso del vecino de Tunuyán es aplicable solo a esa causa, multiplicó las esperanzas, y en UVA, de los cintos de tomadores de créditos que hay en la provincia y se encuentran en la misma situación.

“La Justicia Federal de Mendoza ya rechazó un proceso colectivo por el mismo tema y dijo que cada caso es particular y se debe analizar la situación de cada hipotecado”, pero sienta “un antecedente muy importante y resultaría muy difícil que el juez después cambie el criterio”, comentó la letrada.

González consideró que entre los argumentos que esgrimió el juez “está dando un claro mensaje en contra de esta política de sobreendeudamiento, diciendo que no se puede admitir de ninguna manera, ni tolerarse que se pierda la vivienda. Además no dice que el deudor no tiene que pagar, sino generando (las condiciones) para que pueda pagar en el largo plazo como se comprometió”.

La abogada es consciente que el fallo no está firme y esperan que desde el Banco Nación apele la resolución del juez Quirós, pero un detalle que la hace ilusionar es que ya existe una resolución de la Cámara de Apelaciones de Mendoza que también resultó desfavorable contra el Banco Nación por una medida cautelar que ordenaba retrotraer las cuotas y sentarse a negociar con el deudor”.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA