La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) embargó billeteras virtuales por más de $ 800 millones en deudas acumuladas por contribuyentes morosos.
Según informó este miércoles el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, la justicia ya habilitó 1.269 medidas sobre activos digitales de personas que acumulaban pasivos impagos.
En febrero de este año, la AFIP incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitar la traba de embargos con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones impagas acumuladas.
La decisión le permitió al organismo ampliar su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Según informó Télam, a lo largo de los últimos cuatro meses, juzgados de todo el país autorizaron 1.269 embargos por más de $ 800 millones sobre billeteras virtuales.
Magistrados de las provincias de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros, aprobaron las solicitudes realizadas por funcionarios y funcionarias de la AFIP con el objetivo de recuperar los montos adeudados a través de embargos a activos digitales.
Los embargos sobre contribuyentes morosos que la Administración Federal requiere a la justicia se concretaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a la AFIP a incluir a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, el organismo se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.
La normativa no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias.
Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.