Uno de los dos padres podrá pedir licencia cuando las clases no sean presenciales

Así lo incida una resolución firmada por el Ministro de Trabajo. La condición es que será posible siempre y cuando la jornada escolar sea reducida o los chicos no vayas a las aulas.

El progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo podrá pedirle la licencia al empleador, llenando una declaración jurada.
El progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo podrá pedirle la licencia al empleador, llenando una declaración jurada.

A medida que transcurren los días y se acerca el comienzo de clases las autoridades van dando a conocer detalles de los protocolos que se deberán cumplir para el ciclo lectivo 2021 y desde el Gobierno indicaron hoy que los empleadores deberán otorgarle licencia laboral a uno de los padres, o adultos responsables del menor, cuando la jornada escolar sea “reducida” o no se dicten clases presenciales.

Así lo asegura una resolución firmada anoche por Claudio Moroni, ministro de Trabo, que se publicará en el Boletín Oficial. “en cada jurisdicción se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta a cargo cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”.

La nueva licencia laboral se podrá solicitar únicamente en dos casos puntuales.

  • Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.
  • Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

Además, el documento oficial firmado por Moroni puntualiza que se deberá “notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora” y se llenará una declaración jurada con la siguiente información:

  • Los datos del niño, niña o adolescente
  • Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.
  • El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.
  • La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

A su vez el ministro de la cartera de Trabajo puntualizó que no exigirá un documento del colegio. “No pedimos ninguna certificación especial ni que sea algo expedido por el colegio”. “Subrayemos que es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre partes”.

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