¿Se puede ir en familia a la montaña a disfrutar la nieve?

Hay dos decretos vigentes en la provincia que disponen medidas sobre la circulación y las actividades. Las zonas más complicadas son General Alvear y 4 distritos de San Rafael.

Llegaron los primeros fríos y con ello, las actividades propias de la temporada como ir a la montaña a disfrutar de la nieve.

El asunto es si esto puede hacerse de acuerdo a las últimas disposiciones en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia.

En principio hay que saber que no rigen restricciones para circular según la terminación del DNI sino que estas aplican para hacer compras y reservas en locales gastronómicos. Por ello se entiende que no hay obstáculos para hacer esta salida. Sí hay que considerar que las reuniones pueden hacerse en espacios públicos al aire libre y en grupos de hasta 10 personas tomando en cuenta las medidas preventivas como uso de tapabocas y distancia.

Además, hay que considerar que durante el traslado debería haber circulación de aire cruzada para atenuar el riesgo de infección. Esto implica abrir unos 5 centímetros ventanillas opuestas. Deberá considerarse el horario de alerta sanitaria en que no se puede circular (salvo esenciales) y si se va a comer a un restaurante o hacer compras, la reserva por número de DNI habilitado para los días con restricciones.

La zona que puede tener más limitaciones es el departamento de General Alvear y los distritos de Real del Padre, Villa Atuel, Atuel Norte y Jaime Prats, de San Rafael, donde hay más restricciones por su situación epidemiológica.

Allí no se puede pasar libremente de un departamento a otro sino que esto está reservado a trabajadores esenciales.

Es porque desde el 30 de abril y hasta el 14 de mayo está en vigencia para esa zona el decreto Decreto 540 el Gobernador Rodolfo Suarez.

Lo que se establece:

  • Se restringe la circulación de personas entre las 20 y las 05.30 del día siguiente. Quedan exceptuados de esta restricción el personal esencial, y el servicio de delivery, que podrá prestarse hasta las 23.30.
  • Se restringe el acceso y egreso en el ámbito territorial expresado, con excepción del personal definido como esencial.
  • El cierre del Anexo del Casino Provincial.
  • El cierre de comercios a las 19.30, incluido el rubro gastronómico.
  • El cierre de comercios de proximidad a las 19.30.
  • La suspensión de actividades deportivas en el ámbito de las canchas de fútbol 5 y clubes.
  • La suspensión de actividades deportivas en el ámbito de los gimnasios.
  • La limitación de la celebración de reuniones religiosas al 10% del factor de ocupación habilitado y hasta las 19.30.

Además, desde el lunes 3 de mayo está vigente, en toda la provincia, el decreto 555 en el que se dispone:

Continúa la alerta sanitaria entre las 23.30 y las 5.30, con excepción del personal afectado a las tareas consideradas esenciales.

Se mantiene la presencialidad en los niveles educativos Inicial, Primario y Secundario.

En el nivel Superior se propone la presencialidad física solo para aquellas actividades de práctica profesional docente y práctica profesionalizante que por su especificidad y complejidad requieran de la asistencia al entorno formativo.

Se suspenden las actividades en salas de juego y casinos.

Las actividades deportivas, habilitadas en espacios cerrados, podrán continuar desarrollándose siempre y cuando se garantice la adecuada ventilación de los espacios.

Tanto las actividades deportivas en espacios cerrados como al aire libre deberán realizarse sin presencia de público.

Quedan suspendidas las reuniones familiares y sociales en domicilios particulares .

Las compras en comercios y reservas en restaurantes deberán realizarse según el esquema por número de terminación del DNI:

  • Lunes y miércoles: DNI finalizados en 1, 2, 3, 4 o 5.
  • Martes y jueves: DNI finalizados en 6, 7, 8, 9 o 0.
  • Viernes, sábados y domingos, sin restricciones.

Los cafés, confiterías y restaurantes deberán funcionar al 50% de su capacidad y con mesas con un máximo de hasta 6 personas. Todos podrán aplicar la modalidad “pase y lleve” y delivery.

Se suspenden las ferias en lugares públicos. Solo podrán realizarse aquellas que autoricen los intendentes y con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

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