Nuevas restricciones en Mendoza: pese al frío, los cafés empezaron a atender clientes solo al aire libre

Desde hoy y hasta el 22 de septiembre los cafés y resturantes de Mendoza deberán atender a los comensales en mesas externas y de no más de cuatro personas. Muchos clientes, abrigados, se acomodaron desde temprano en los locales céntricos para disfrutar de una infusión bajo la nueva modalidad.

Foto: Orlando Pelichotti
Foto: Orlando Pelichotti

Con la entrada en vigencia de las nuevas restricciones dispuestas por el gobernador Rodolfo Suárez y a raíz del crecimiento de contagios de coronavirus en Mendoza en el último mes; durante la mañana de hoy ya se observaron algunas postales distintas en las calles mendocinas. La más evidente de todas tuvo que ver con los cambios de atención presencial en los cafés.

Es que, de acuerdo al más reciente decreto, estos locales (cafés y restaurantes o comercios gastronómicos) pueden funcionar desde hoy en modalidad presencial con un límite de cuatro personas por mesa y siempre que las mismas estén dispuestas al aire libre. En caso de que se habiliten patios o espacios internos, se deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran.

Foto; Orlando Pelichotti
Foto; Orlando Pelichotti

Por esto mismo es que en los locales del centro mendocino y de la Peatonal Sarmiento se observó a varios clientes acomodados en las mesas externas, bien abrigados (durante gran parte de la mañana la temperatura no superó los dos dígitos).

En tanto, la modalidad “take away” (pase y lleve) continúa vigente en estos locales; donde desde hace ya tiempo se ha instrumentado el “café al paso”. Además, se mantiene restringida la actividad de los bares que no ofrezcan comida en sus menúes.

Sanciones

El decreto 1.078, publicado en el Boletín Oficial durante los primeros minutos de este miércoles y que tendrá vigencia hasta el 22 de septiembre, fija además cuáles son las sanciones y medidas punitivas para quien o quienes incumplan las disposiciones; entre ellas, las de no respetar la forma de atención presencial en los cafés.

“Las infracciones que se constataren por oficiales públicos provinciales o municipales a las restricciones dispuestas en el presente decreto y demás normas vigentes, serán sancionadas con multa de pesos cinco mil ($ 5.000,00) para la persona infractora y de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) para el establecimiento o entidad en que se verifique la infracción”; se desprende de la normativa.

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