Comenzó el jury a un juez que agravó la condena de mujer trans por ser extranjera

Claudia Córdova Guerra, de nacionalidad peruana, fue detenida por el delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización.

El magistrado Juan José Ruiz - Gentileza 0221
El magistrado Juan José Ruiz - Gentileza 0221

Este lunes comenzó el jury al magistrado Juan José Ruiz, acusado de haber emitido un fallo “discriminatorio” al condenar a una mujer trans a cinco años de prisión tomando como agravante su condición de extranjera.

Ruiz, quien se encuentra suspendido en el cargo que ocupaba en el Tribunal Oral Criminal 1 de La Plata, habló hoy en la primera audiencia del jury en su contra.

Según informó Télam, el juez ratificó que en su fallo realizó una valoración prevista por las normas jurídicas penales. El jurado de enjuiciamiento, que encabeza Hilda Kogan, presidenta de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, escuchó a los testigos de la acusación, previendo que mañana haga lo mismo con los testigos de la defensa.

Condena a mujer trans por ser extranjera

El hecho ocurrió en 2014, tras la detención en abril de ese año de Claudia Córdova Guerra, mujer trans de nacionalidad peruana, por el delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización, en las calles 4 y 64 de La Plata.

El entonces magistrado del Tribunal en lo Criminal 1 condenó a Córdova Guerra a 5 años y 3 meses de prisión, y contempló como agravante que se trataba de una extranjera.

Ruiz consideró que la capacidad que tiene el Estado de sancionar a los extranjeros que delinquen no es una “violación a los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación entre otros” sino “una medida excepcional”, avalada por la Constitución “y los tratados internacionales que la integran”.

Según informó Télam, Ruiz señaló que si bien es cierto que “existe el principio de igualdad ante la ley, esto no es tan cierto ni tan absoluto como parece”, y citó como ejemplo el artículo 21 de la Constitución, que impone a los argentinos la obligación de armarse en defensa de la Patria, lo que no rige para los ciudadanos por naturalización, quienes son libres de prestar o no ese servicio.

Tras el fallo, organizaciones de travestis, transexuales y transgéneros repudiaron el fallo por considerarlo “xenófobo y discriminador”.

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