Visitas a Olivos: revés judicial para Florencia Peña por su denuncia contra Fernando Iglesias y Waldo Woff

La actriz acudió a la justicia porque se sintió agraviada por los legisladores y radicó la denuncia “por violencia de género mediática, institucional y simbólica”.

Florencia Peña y una picante advertencia para los jugadores de River.
Florencia Peña y una picante advertencia para los jugadores de River.

Florencia Peña fue puesta en el ojo de la tormenta luego de que se conoció el registro de visitas a la Quinta de Olivos durante la cuarentena estricta y su nombre aparecía en la lista. Esto desató una catarata de insultos y malos tratos en redes sociales y dos legisladores de Juntos por el Cambio se sumaron al escrache con comentarios machistas y violentos.

“Por la presente, vengo a promover querella contra los diputados nacionales Fernando Adolfo Iglesias y Walter Ezequiel Wolff (Waldo) en calidad de coautores, en orden al delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por haber cometido graves hechos de violencia psicológica, simbólica, mediática e institucional contra la mujer”, expresa el texto que publicó Teleshow.

Y detallaron las causas de la denuncia: “El 27 de julio de 2021, el Diputado Nacional Fernando Iglesias, en una clara actitud de absoluta misoginia, escribió un Twit que tenía fotografías de mujeres que realizaron visitas a la quinta presidencial por razones laborales, entre las que se encontraba la imagen de la suscripta”. Además, explica que Wolff comentó dicho tuit.

En aquella ocasión, Iglesias publicó un tuit en el que expresaba: “Para mí, la señorita iba a ayudarlo a encontrar la perilla que enciende la economía para poner a la Argentina de pie”. Wolff respondió: “Pero ella de rodillas no?”.

El juez Marcelo Martínez de Giorgi había rechazado el pedido de sobreseimiento. Sin embargo, la segunda instancia con un fallo de los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah se anuló la decisión del magistrado.

Sobre el tema, el voto mayoritario de la Cámara anuló el fallo de primera instancia del juez Marcelo Martínez de Giorgi, puesto que “no explicó cuál era la calificación normativa que los eventos podrían tener ni por qué resultaba acertada o desacertada la alegación sobre que, la atipicidad de aquellos era evidente y manifiesta”.

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