Vicentin: un camino hacia los fracasos del pasado

El gigante cerealero santafesino no puede cumplir con sus acreedores. Una alternativa, la oficial, es intervenir en el caso y avanzar hacia una eventual expropiación. La oposición denuncia el uso de superpoderes e inseguridad jurídica.

El diputado Luis Petri da sus razones para que el Estado no intervenga en la empresa Vicentin
El diputado Luis Petri da sus razones para que el Estado no intervenga en la empresa Vicentin

El caso Vicentin, donde con prepotencia se busca confiscar una empresa, pinta de cuerpo entero a este gobierno y a su forma de concentrar poder, sin respeto a las instituciones ni a la división de poderes. A través de facultades delegadas, emergencias y superpoderes, desplazó al Congreso ni bien arrancó la gestión y hoy intenta correr al Poder Judicial desconociendo la Constitución.

Interviene e intenta expropiar una empresa bajo el paraguas de la “soberanía alimentaria”, concepto que además de ser vago, impreciso y carente de regulación jurídica, no es nuevo en el mundo. Ya fue utilizado por Chávez a partir de 2012 con la idea de que Venezuela se convirtiera en una “potencia alimentaria”. Utilizar la soberanía alimentaria para justificar la utilidad pública en un país productor de alimentos y en referencia a una empresa que exporta aceite y harina de soja, es un precedente peligroso.

El paraguas de la “soberanía alimentaria”, concepto que además de ser vago, impreciso y carente de regulación jurídica, no es nuevo en el mundo. Ya fue utilizado por Chávez en Venezuela a partir de 2012.

Además, se decide la intervención por un decreto que desconoce el proceso tramitado ante la Justicia de Santa Fe y las normas concursales que habilitan de manera excepcional la intervención que sólo puede disponer un juez, lo que viola de manera flagrante el artículo 109 de nuestra Constitución Nacional, que determina que “en ningún caso el Presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes”. “Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable” establece el artículo 29 al referirse a la intromisión del Poder Ejecutivo en otros poderes o lo que se conoce como la suma del poder público.

Uno de los argumentos que utiliza el DNU que dispone la intervención es que se puso en grave peligro la continuidad de las operaciones de la empresa y los puestos de trabajo, lo que demuestra que el Gobierno omite las reglas del concurso preventivo, ya que toda empresa -y Vicentin no es la excepción- mantiene su funcionamiento operativo y la ley de Concursos protege los activos de la sociedad, decretándose la inhibición de bienes, sin que puedan venderse activos, con normas que prohíben los despidos hasta fin de año y con la posibilidad de acordar con los acreedores o, ante su fracaso, realizar un salvataje previo a la quiebra.

Ese camino debió seguir el Gobierno y no elegir el atajo de la expropiación que termina por ser una mácula más en nuestra larga historia de incumplimiento y falta de apego a las reglas. En lugar de reconocer el error, el Presidente opta por invitar a estudiar a periodistas, dar clases de derecho a jueces y calificar de confundidos a millones de argentinos que reclaman el cumplimiento de la Constitución.

En momentos cuando el Gobierno debería dar señales de previsibilidad, que generen confianza no sólo para negociar la deuda con los bonistas y evitar el default, sino también para mejorar las perspectivas económicas en el mediano plazo, opta por elegir el camino de la incertidumbre y la inseguridad jurídica, que siempre ha sido el peor y más largo de los caminos.

Producción y edición: Miguel Títiro

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA