Los diez puntos principales del proyecto de ley que busca reformar la Constitución provincial

El proyecto oficial prevé eliminar una Cámara legislativa y la elección provincial de medio término. Ratifica la prohibición de reelección al primer mandatario y la limita al resto de los cargos. Es el tercer intento reformista desde el retorno de la democracia.

El ministro de Gobierno, Victor Ibañez, junto al presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
El ministro de Gobierno, Victor Ibañez, junto al presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi. Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

Después de anunciarlo varias veces, el gobernador, Rodolfo Suárez, cumplió su promesa de campaña y envió el proyecto de ley para reformar la Constitución provincial.

El encargado de presentar la iniciativa en el Senado fue el ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, quien destacó uno de los aspectos centrales de la idea: reducir el gasto de la política. La forma de hacer ese recorte es eliminar una de las cámaras legislativas y la elección de medio término.

De acuerdo con el proyecto remitido ayer, habría una Legislatura con hasta 48 legisladores, es decir, la misma cantidad que la actual Cámara de Diputados, por lo que se estaría eliminando el Senado completo, que cuenta con 38 escaños.

Esa reforma implica también un cambio en la manera de elegir legisladores y en el mecanismo para la sanción de las leyes. El proyecto prevé que haya un representante por cada departamento, que será elegido por mayoría simple de votos (18 legisladores) y el resto se elegiría proporcionalmente a los votos obtenidos por cada partido (ver aparte).

Otro ahorro que propone Suárez es la eliminación de la elección de medio término. Así los mendocinos irán a las urnas para elegir representantes de cargos provinciales y municipales cada cuatro años (gobernador, vice, legisladores provinciales, intendentes y concejales), aún cuando deban ir cada dos para elegir los cargos nacionales (presidente, vice, diputados y senadores nacionales).

Como contrapartida, en el texto se instituye la segunda vuelta electoral o balotaje para la elección del gobernador, es decir se agrega una elección en el calendario electoral provincial.

Por último, el Gobernador pretende darle rango constitucional a la austeridad en la administración pública, incluyendo en la Carta magna provincial el deber del Estado y el derecho de los mendocinos de que haya equilibrio de las cuentas públicas.

Que la modificación prometida por Suárez se concrete dependerá de ambas cámaras legislativas. El proyecto debe ser votado por dos tercios de los diputados y senadores, pero también hace falta que los mendocinos lo avalen con su voto en un referendum que se realizará el año que viene.

Ayer por la mañana, Suárez alertó mediante sendos llamados telefónicos al vicegoberrnador Mario Abed, y al presidente de la Cámara de Diputados Andrés Lombardi, de que el ministro de Gobierno llegaría a las 12.30 para presentar el proyecto de ley. Ibáñez fue puntual y cumplió con todos los ritos de rigor: posar para las fotos, presentar el proyecto y dar una conferencia de prensa explicando el proyecto de ley.

Intentos truncos

Desde el retorno de la democracia, hubo dos intentos de reforma constitucional integral. Uno en 1987, que fue bloqueada por el fallo de la entonces ministra de la Suprema Corte de Justicia, Aída Kemelmajer, quien interpretó que la reforma debía ser avalada en el referendum por más de la mitad de los empadronados.

El otro intento fue impulsado en 2001 por el entonces gobernador Roberto Iglesias. Otra vez el escollo fue la cantidad de votos en el referendum popular. Si bien hubo mayoría de votos por el SI, no se alcanzó el piso establecido por el “fallo Kemelmajer”.

Desde el ’83 a la fecha sólo se lograron enmiendas de un artículo. El 120 para establecer la elección directa de gobernador y vicegobernador (en 1985); el 198 para hacer extensiva la elección directa a los intendentes (1989); el 1 declarando la propiedad de la Provincia sobre los yacimientos y fuentes de energía (1990); el 150 para introducir el Consejo de la Magistratura (1997); el 151 que puso límites al principio de intangibilidad de los magistrados (2005) y el artículo 198 para limitar a una las reelecciones de los intendentes.

La última enmienda tuvo una curiosidad. La ley declarando la necesidad de la modificación se votó en 2007, los mendocinos la avalaron en 2009, pero no se había alcanzado el piso del “fallo Kemelmajer”, así que Celso Jaque no la promulgó. Fue Alfredo Cornejo, en noviembre de 2018, quien lo hizo. Los intendentes del PJ reclamaron ante la Corte y esta partió diferencias: le dio a los jefes comunales un mandato más, pero modificó el criterio de Kemelmajer.

Aquel fallo facilita el proceso de reforma al que ahora se lanza Suárez.

El proyecto en diez claves

* Mantiene la prohibición de la reelección inmediata de gobernador y vice.

* Unifica el tope de una reelección para todos los cargos electivos provinciales y municipales.

* Elimina la denominada “elección de medio término”.

* Introduce la doble vuelta para la elección de gobernador.

* La Legislatura será unicameral.

* Amplía el período ordinario de sesiones de la Legislatura.

* Suprime las votaciones secretas en el Senado.

* Reconoce el derecho al voto voluntario para los jóvenes de 16 años.

* Establece los 70 años como edad máxima para ejercer como juez.

* Consagra la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones en el Estado y en el ámbito privado.

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